- 11.473,900
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Las características formales del producto vienen definidas en la Disposición adicional tercera de la Ley 35/2006 de reforma del IRPF mientras que la exención de los rendimientos generados se fija en el Artículo 7. Rentas exentas, letra v, donde se establece:
“v) Las rentas que se pongan de manifiesto en el momento de la constitución de rentas vitalicias aseguradas resultantes de los planes individuales de ahorro sistemático a que se refiere la disposición adicional tercera de esta Ley.”