MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Nacional ha celebrado este miércoles una 'vistilla' previa al juicio oral en la que las defensas de los principales encausados por la presunta estafa piramidal con criptomonedas de la plataforma Arbistar han sostenido que este tribunal especial no es el competente para juzgar los hechos y que debe enviar el caso a los juzgados de Santa Cruz de Tenerife.
Así lo han señalado a Europa Press fuentes jurídicas presentes en esta vista, conocida como de previo pronunciamiento. Al hilo, han añadido que básicamente el objeto de la misma era combatir que la Audiencia Nacional fuera competente para juzgar los hechos, tesis impulsada por la defensa del supuesto líder de la trama, Santiago Fuentes Jover, y otros letrados.
Ante la Sección Tercera, presidida por el magistrado Alfonso Guevara, las acusaciones se han opuesto al entender que los delitos encajan en las competencias que la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) da a la Audiencia Nacional en su artículo 65.1 dado que se trataría de una defraudación masiva.
Por otro lado, las defensas habrían aprovechado la vista para poner sobre la mesa que determinadas agrupaciones de perjudicados por la estafa no habrían acreditado un perjuicio activo. Contra esta aseveración, algunas de las acusaciones han sostenido que sí se ha aportado toda la documentación que acredita que hubo traspaso de activos desde sus monederos virtuales a los de Arbistar.
EL PROCESAMIENTO
Fue en junio de 2023 cuando el juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama procesó a los siete presuntos miembros de esta trama criminal que, a través de la plataforma de comercialización de criptomonedas Arbistar, habría defraudado más de 92 millones de euros a cerca de 32.000 inversores.
En su auto, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4 procedía contra el supuesto líder de la trama, Santiago Fuentes Jover, y otras seis personas por delitos de organización criminal y masa de estafa. Además, imponía a todos ellos el pago de una fianza solidaria con la que hacer frente a una eventual condena de 123 millones de euros.
El juez cuantificaba en torno a los 32.000 el número de perjudicados, de los cuales han quedado individualizados cerca de 5.000, y valoraba en más de 92 millones de euros el total de la cantidad defraudada. Señalaba que 55 de los perjudicados lo fueron en una suma superior a los 50.000 euros cada uno, y otros 17 en 250.000 euros.
El magistrado explicaba en su resolución cómo a través de la web de Arbistar los procesados comercializaban el uso de determinados programas automáticos de inversión llamados Community Bot, que bajo eslóganes como 'con este sistema siempre se gana' y 'ganar es la única opción', garantizaba a los inversores unas ganancias entre un 8% y un 15% mensual, con el único requisito de que en dos meses no podrían retirar su dinero.
UN ALGORITMO QUE NUNCA EXISTIÓ
Estos programas automáticos (bots), continuaba el juez, supuestamente tenían como fundamento un software que aplicaba un algoritmo de inteligencia artificial, con el cual se garantizaba la obtención de beneficios. "Sin embargo, dicho algoritmo nunca existió y, por tanto, únicamente se vendía humo", subrayaba.
De esta manera, Arbistar ofertaba una inversión asegurando la obtención de una rentabilidad asegurada, al haber desarrollado un robot que realiza automáticamente arbitraje con criptomonedas.
El inversor, tras instalar este software en el ordenador personal, tan solo debía esperar a recibir abundantes ganancias, que inicialmente se cifraban en torno a un 8% y un 15% mensual y que eran pagaderas semanalmente, siempre los sábados, con opción de sumar estas rentabilidades a las cantidades iniciales invertidas o podían optar por el reembolso.
Sin embargo, reiteraba el juez, "dicho programa automatizado nunca existió, basándose la oferta de negocio en una ficción". Calama explicaba que lo que esta trama hizo realmente fue utilizar una parte del dinero obtenido de los inversores para entregarlo a otros inversores anteriores en pago de los altos intereses convenidos.
Esto, incidía, generaba una gran confianza en ellos acerca de que su inversión era segura y muy rentable, de suerte tal que ellos mismos se incentivaban para invertir una mayor cantidad de dinero con la esperanza de obtener un beneficio aún mayor.
LA EXISTENCIA DE UN "PLAN AMIGO"
"Este esquema tipo piramidal no solamente se usaba para que los que habían invertido aportaran más dinero, sino para atraer a nuevas personas que invirtieran al ver los grandes beneficios casi inmediatos que percibían los anteriores inversores", continuaba el magistrado.
A estos efectos, indicaba, a los inversores se les ofertaba también un "plan amigo" a partir del cual si los clientes conseguían incluir nuevos clientes obtenían una importante compensación.
Así, continuaba el auto, el artificio del engaño que desplegaron los responsables de Arbistar contaba con una red comercial activa y motivada por los incentivos económicos, un aparato de publicidad eficaz, y presencia en las redes sociales.
El éxito del negocio, indicaba el juez, generó la imagen que cualquier burbuja especulativa precisa, la percepción de que el inversor siempre gana, y que las ganancias de la inversión siguen creciendo, lo que se convirtió en la mejor publicidad del producto.
Otra de las estrategias de captación utilizada por los procesados fue la celebración de actos públicos en hoteles y salas de congresos con los que promocionarse y conseguir nuevos inversores, como el celebrado en Málaga el 27 de mayo de 2019.