ep salvame diario
Sálvame diarioTELECINCO - Archivo

MADRID, 25 (EUROPA PRESS)

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Mediaset España con 1.094.006 euros y 207.302 euros en dos expedientes por la emisión de contenidos audiovisuales que "pueden resultar perjudiciales para el desarrollo físico, mental y moral de los menores".

Así lo ha dado a conocer este miércoles 25 de julio la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia, que ha concretado asimismo que se trata de una infracción de los artículos 7.2 y 7.6 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

Respecto al primer expediente, la CNMC ha explicado que agrupa seis sanciones y se refiere a la emisión de contenidos "perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores de edad", y con una calificación por edades inadecuada, en los programas 'Sálvame Naranja' y 'Sálvame Limón' emitidos en la cadena Telecinco los días 8, 9 y 10 de enero de 2018.

Por su parte, Mediaset anunció este martes 24 de julio que recurriría la multa de más de un millón de euros al considerarla "absolutamente desproporcionada, arbitraria, injustificada y con imputaciones antijurídicas".

Para el grupo de comunicación, la sanción impuesta por la Comisión --que aglutina seis multas por importe total de 1.094.006 euros-- pone de manifiesto "la arbitrariedad con la que se tratan los asuntos relativos a la televisión generalista, que adolece de una hiperregulación que contrasta con la nula legislación para las nuevas actividades audiovisuales".

En relación con el segundo expediente, el organismo estatal ha informado de que agrupa otras dos sanciones y se refiere a la emisión de contenidos inadecuados en el programa 'Sálvame Naranja' del 9 de febrero de 2018.

La CNMC ha manifestado asimismo que había requerido previamente a Mediaset que adecuase la emisión de contenidos a la normativa audiovisual. Contra la resolución, Mediaset podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

contador