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Un trabajador dentro de su quiosco que permanece abierto en el sexto día de confinamiento por coronavirus, siendo uno de los pocos establecimientos que tienen permitida su apertura durante el estado de alarma, en Madrid (España), a 20 de marzo de 2020.Óscar Cañas - Europa Press

MADRID, 31 (CHANCE)

Desde la Asociación de los Medios de Información (AMI), la Asociación de Revistas de Información (ARI), la Federación de Asociaciones Nacionales de Distribuidores de Ediciones (FANDE) y la Agrupación Nacional de Vendedores de Publicaciones (ANVP) y como medio nosotros, os queremos recordar que los quioscos están autorizados por el Real Decreto Ley (RDL) 10/2020, de 29 de marzo, a realizar la venta de periódicos y revistas.

Esta reacción se produce tras comprobar que en algunos municipios de España las fuerzas de seguridad han comunicado a los ciudadanos que no está autorizada la salida del domicilio para adquirir la prensa, algo que sí recoge la nueva regulación.

Distribuidores y editores solicitan que se dicte de manera urgente la instrucción pertinente a los Agentes del Cuerpo de Policía para que, en cumplimiento de la normativa vigente, permitan la apertura de los establecimientos de venta de diarios y revistas, así como la libre circulación de las personas por las vías o espacios de uso público para adquirir los bienes que se venden en estos establecimientos. De la misma manera, debe permitirse la circulación para poder entregar diarios y revistas a los ciudadanos que deseen recibirlos en sus domicilios, minimizando los riesgos para la salud.

Los editores y distribuidores agradecen a todos los quiosqueros, papelerías y puntos de venta de diarios y revistas que sigan abiertos al público y recuerdan a todos los ciudadanos que este servicio está garantizado por el Real Decreto, dado que en él se detalla literalmente en el punto 11 de excepciones que se mantiene la actividad de "las personas trabajadoras que prestan servicios en puntos de venta de prensa".

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