MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Senado ha aprobado este miércoles la toma en consideración de una proposición de Ley de reforma del Código Penal para la erradicación de la esterilización forzada o no consentida de personas con discapacidad incapacitadas judicialmente, una iniciativa propuesta por el grupo parlamentario de Ciudadanos (Cs). El texto será remitido ahora al Congreso de los Diputados para seguir su tramitación parlamentaria.

Todos los grupos parlamentarios de la Cámara Alta, a excepción del voto en contra de los dos senadores de Vox y la abstención de la representante de Teruel Existe, han apoyado la iniciativa, presentada por el senador de Cs Tomás Marcos, que defiende la necesidad de acabar con esta práctica en España a fin de "mejorar la protección de los derechos de las niñas y mujeres con discapacidad" y para "defender derechos básicos de las personas con discapacidad".

Tras la votación, los parlamentarios han dirigido un aplauso a la tribuna de invitados, donde representantes del colectivo de la discapacidad, como una delegación de la Fundación Cermi Mujeres, han seguido el debate.

El texto de la proposición de ley, recogido por Europa Press, otorga nueva redacción al artículo 156 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, eliminándose el párrafo segundo vigente, que establece que "no será punible la esterilización acordada por órgano judicial en el caso de personas que de forma permanente no puedan prestar en modo alguno el consentimiento al que se refiere el párrafo anterior, siempre que se trate de supuestos excepcionales en los que se produzca grave conflicto de bienes jurídicos protegidos, a fin de salvaguardar el mayor interés del afectado, todo ello con arreglo a lo establecido en la legislación civil".

Asimismo, se añade una disposición adicional que indica que "las personas con discapacidad que precisen de apoyos humanos y materiales, incluidos los tecnológicos, para la toma de decisiones recibirán los mismos siempre en formatos, canales y soportes accesibles para que la decisión que adopten en su calidad de pacientes sea libre, voluntaria, madura e informada".

Para Ciudadanos, la permanencia, más de una década después de la entrada en vigor la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en 2008, en el Derecho nacional de esta posibilidad legal "constituye una grave anomalía en términos de estrictos Derechos Humanos".

EL DERECHO A FORMAR UNA FAMILIA

En este sentido, la formación 'naranja' explica que, en su articulado, la Convención recoge una serie de artículos específicos sobre los derechos de las personas con discapacidad en relación con la formación de una familia, un hogar, ser padres y madres y las relaciones personales de los mismos.

En concreto, Ciudadanos recoge íntegro el artículo 23 del tratado que establece que los Estados deben asegurar que se reconozca el derecho de todas las personas con discapacidad en edad de contraer matrimonio, a casarse y fundar una familia sobre la base del consentimiento libre y pleno de los futuros cónyuges; a decidir sobre los hijos que desean tener y a mantener su fertilidad.

"Sin embargo, lo recogido en este artículo no tiene total vigencia en nuestro país. En España, todavía, a día de hoy, se sigue practicando la denominada 'esterilización forzosa o no consentida' a personas con discapacidad o incapacitadas judicialmente. Así lo permite nuestro Código Penal en su artículo 156", denuncia.

De este modo, argumenta que, según datos del Consejo General del Poder Judicial, en la última década se han practicado en España más de un millar de esterilizaciones forzadas, la mayoría de ellas en mujeres; y que en el año 2016 el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), basándose en datos oficiales, señala que hubo 140 casos, dándose 865 casos más entre los años 2005-2013.

La formación 'naranja' pone de relieve además que Naciones Unidas, a través del Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad, ya recomendó oficialmente a España en 2011 la acomodación de su ordenamiento interno (Código Penal) en este punto.

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