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Investigadora del Laboratorio Regional de Salud Pública de la Comunidad de MadridOscar Cañas - Europa Press - Archivo

MADRID, 31 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la prórroga de contratos a personal docente e investigador en universidades y de quienes trabajen para el Sistema Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como del personal que se haya incorporado al Sistema Nacional de Salud (SNS) por la emergencia sanitaria.

En primer lugar, el real decreto-ley aprobado este martes incluye una disposición adicional por la que se establece la prórroga de los contratos de ayudantes, profesores ayudantes doctores, profesores asociados y profesores visitantes, celebrados conforme a la Ley de Universidades de 2001, cuya duración máxima esté prevista que finalice durante la vigencia del Estado de Alarma, según consta en el borrador de real decreto-ley al que ha tenido acceso Europa Press.

La prórroga será por una extensión equivalente al tiempo de duración del Estado de Alarma. Excepcionalmente, por motivos justificados y con carácter previo a la fecha de finalización del contrato, las partes podrán acordar otra prórroga de hasta tres meses adicionales al tiempo indicado, pudiendo exceder en ambos casos los límites máximos previstos para su contratación en la Ley de Universidades.

Esta posibilidad de prórroga pretende evitar el perjuicio que para este colectivo supone la suspensión de los diversos procesos para el acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios derivada de la imposibilidad de convocar y llevar a cabo los concursos correspondientes por la limitación de la libre circulación de personas que impide la reunión pública de las comisiones de selección.

Esta situación genera que este profesorado universitario quede en una "posición de desventaja" al poder llegar al máximo de la duración legal de su contrato sin tener la oportunidad de acceder a otro tipo de contratación, y ello por la imposibilidad de presentarse a nuevas convocatorias que sí tendrían lugar en circunstancias normales.

Por otro lado, el real decreto-ley incluye otra disposición por la que se fijan reglas específicas aplicables a todos aquellos contratos de trabajo de duración determinada y financiados con cargo a convocatorias públicas de recursos humanos en el ámbito de la investigación, efectuadas por los agentes de financiación del Sistema Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Dichas reglas van encaminadas a garantizar que las dificultades en la ejecución de tales contratos, derivadas de la situación de excepcionalidad por estar bajo el Estado de Alarma, no impidan el adecuado desempeño del personal investigador así contratado, durante la vigencia del Estado de Alarma, habilitándose normativamente la posibilidad de prorrogar tales contratos cuando reste un año o menos para la finalización de los mismos.

Esto permitirá mantener el tejido investigador español financiado con cargo a fondos públicos, sin que la actividad de I+D+i, "fundamental en el marco de la emergencia sanitaria", se resienta debido a la declaración del Estado de Alarma, y garantizando por lo demás la continuidad de los proyectos investigadores llevados a cabo por estos contratados, incluyendo los relativos a las especialidades relacionadas con la investigación sobre el SARS-CoV-2 y la enfermedad COVID-19.

Así, podrán prorrogar la vigencia de los contratos exclusivamente cuando reste un año o menos para la finalización de los mismos. La prórroga podrá ser acordada por el tiempo de duración del Estado de Alarma. Por motivos justificados, se podrán prorrogar los contratos por hasta tres meses adicionales al tiempo de duración del Estado de Alarma.

El real decreto-ley destaca, asimismo, la posibilidad de prorrogar los contratos de los investigadores que se hubieran incorporado al Sistema Nacional de Salud para reforzar la labor asistencial y hacer frente de la manera más adecuada a esta emergencia sanitaria.

Según el real decret-ley, los costes laborales y sociales derivados de las prórrogas serán financiados con cargo a los presupuestos del órgano, organismo o entidad convocante, en las mismas condiciones económicas que la convocatoria correspondiente.

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