MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
Las aplicaciones y páginas web de autoevaluación del coronavirus únicamente pueden tratar los datos y la información personal que recogen a fin de controlar la pandemia del COVID-19, según ha recordado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Así, la institución que dirige Mar España ha asegurado que ha constatado que se están lanzando iniciativas públicas y privadas que usan apps o páginas web y solicitan que los ciudadanos les faciliten información personal, fundamentalmente relacionada con la salud, al amparo de la situación generada por el coronavirus.
De este modo, la AEPD han explicado que las finalidades para las que pueden tratarse los datos son las de ofrecer información sobre el uso de las aplicaciones de autoevaluación realizadas por las administraciones públicas o la obtención de estadísticas con datos de geolocalización agregados para ofrecer mapas que informen sobre áreas de mayor o menor riesgo.
Asimismo, ha detallado que los datos que pueden obtenerse y utilizarse han de ser los que las autoridades públicas competentes consideren proporcionados y necesarios para cumplir con dichas finalidades.
Igualmente, la Agencia ha aclarado que los datos sólo podrán ser facilitados por quienes sean mayores de 16 años y que, en el caso de tratar datos de menores de 16 años, se requeriría de la autorización de sus padres o representantes legales.
Por otro lado, ha apuntado que únicamente podrán tratar dichos datos las autoridades públicas competentes para "actuar conforme a la declaración del estado de alarma", es decir, el Ministerio de Sanidad y las Consejerías de Sanidad de las comunidades autónomas, que podrán cederse datos entre ellas, y a los profesionales sanitarios que traten a los pacientes o que intervengan en el control de la epidemia.
"Las entidades privadas que colaboren con dichas autoridades sólo podrán utilizar los datos conforme a las instrucciones de estas y, en ningún caso, para fines distintos de los autorizados", ha recalcado.
No obstante, ha advertido de que si los ciudadanos usan apps o webs, ofrecidas por entidades o personas privadas, "no existirá la legitimidad que se ha indicado anteriormente para el tratamiento de los datos". "Es importante recomendar a los ciudadanos que sean especialmente cuidadosos a la hora de informarse de quién, para qué y con qué garantías van a tratarse sus datos personales", ha añadido.
GEOLOCALIZACIÓN
También se ha referido a la previsión de que aquellos ciudadanos que hayan dado positivo en la prueba del COVID-19 puedan ser geolocalizados a través del móvil que hayan facilitado previamente, de modo que se pueda llevar a cabo un seguimiento de su cuarentena.
En este caso, ha apuntado que "hay que partir de nuevo de las amplias competencias que en situaciones excepcionales, como sin duda lo es la presente epidemia, tienen las autoridades sanitarias, teniendo en cuenta, además, que una de las medidas excepcionales para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 es la de limitar la libertad de circulación de las personas".
"Nos encontramos ante una obligación impuesta por las autoridades sanitarias con el fin de evitar la propagación del virus, y que requiere un especial control de las personas que han dado positivo y que han sido obligadas a permanecer en su domicilio en cuarentena, así como también permite conocer las zonas con mayor número de afectados a fin de adoptar las medidas oportunas", ha detallado.
Sin embargo, ha insistido en que el único dato que a los efectos de la geolocalización debería facilitarse a los operadores de telecomunicaciones sería el correspondiente al número de teléfono móvil que se tiene que geolocalizar, salvo que Sanidad considerara imprescindible facilitar algún otro dato a los efectos del seguimiento de la enfermedad.
Finalmente, ha advertido de que quienes pretendan obtener y tratar los datos de los ciudadanos deberán informarles "de forma clara, accesible y fácilmente comprensible" de todos los aspectos que se han descrito.