ep profesional sanitaria con mascarilla y gafas protectoras
Profesional sanitaria con mascarilla y gafas protectoras.ANDREA PIACQUADIO/PEXELS.COM

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Sanidad ha publicado una actualización de la 'Guía de actuación frente a COVID-19 en los profesionales sanitarios y socio-sanitarios' en la que rectifica y señala que estos trabajadores tendrán que dar negativo en el PCR para poder volver a trabajar.

Este cambio se produce después de que las organizaciones de profesionales sanitarios criticaran el anterior documento donde se establecía que los profesionales sanitarios contagiados por el nuevo coronavirus, en el caso en el que no pudieran realizarse la prueba de diagnóstico microbiológico, deberían volver a trabajar pasados 7 días desde el inicio de síntomas, en ausencia de fiebre, sin necesidad de toma de antitérmicos en los últimos 3 días y siempre que se hubiera resuelto la clínica respiratoria.

Sin embargo, en el nuevo documento, el departamento que dirige Salvador Illa establece que se les deberá realizar una PCR para finalizar el aislamiento, para lo cual deben haber transcurrido un mínimo de 7 días desde el inicio de síntomas, debe haber ausencia de fiebre sin necesidad de toma de antitérmicos y mejoría de la clínica respiratoria en los últimos 3 días.

Si la PCR es negativa y el trabajador se incorpora a su actividad asistencial, deberá hacerlo con mascarilla quirúrgica hasta completar 14 días desde el inicio de síntomas, evitando durante este tiempo el contacto con personas consideradas vulnerables para esta enfermedad. Además, si la PCR es positiva, continuará el aislamiento hasta que el resultado de la PCR sea negativo o según establezcan los protocolos de cada comunidad autónoma.

En cuanto a los trabajadores sanitarios con un cuadro clínico grave que requirió ingreso hospitalario, la guía señala que podrán recibir el alta hospitalaria si su situación clínica lo permite aunque su PCR siga siendo positiva, pero deberán mantener aislamiento domiciliario con monitorización de su situación clínica al menos 14 días desde el día del alta hospitalaria, y siempre que se haya resuelto la fiebre y hayan transcurrido 3 días desde la resolución de los síntomas.

contador