MADRID, 25 (EUROPA PRESS)
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado este lunes la orden de la Consejería de Sanidad por la que se adoptan pautas a cumplir y recomendaciones en materia de salud pública de interés general como consecuencia del avance de la región a la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Por un lado, se recogen medidas higiénicas como lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón durante al menos 40 segundo o, de no ser posible, con solución hidroalcohólica (cada 1-2 horas); evitar tocarse cara, nariz, ojos y boca; cubrirse nariz y boca al toser o estornudar con un pañuelo desechable o con la flexura del codo; mantener un distanciamiento físico entre personas de al menos dos metros, en todos los lugares públicos, siempre que sea posible, así como usar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
A la hora de salir a la calle, lo que se podrá hacer en grupos de hasta 10 personas, para la prevención del Covid-19, se recomienda además "contribuir a conformar un orden similar al que forman los vehículos en carreteras y autovías o intentar circular por la derecha de la acera", y en el caso de encontrarse con un conocido "evitar el contacto físico" y "hablar con él o ella a una distancia de dos metros como mínimo usando correctamente una mascarilla".
"Si se necesitase sentar en un banco y hay otra persona, buscar otro banco cercano y, si no es posible, con un máximo de dos personas en cada banco, sentarse en un extremo del mismo", indican las pautas, que prohíben beber de fuentes públicas.
A la vuelta al domicilio, se recomienda "intentar no usar el ascensor, usando las escaleras siempre que sea posible", cambiarse de ropa, usando ropa diferente para salir de casa y para estar en ella, y lavarse las manos antes de tocar objetos y superficies de casa y, "si es posible, ducharse", además de limpiar las gafas, el teléfono móvil, las llaves y todo lo que haya podido tener contacto con el exterior con toallita y jabón o alcohol de 70°.
BARES Y RESTAURANTES
Los bares y restaurantes deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes en la entrada del establecimiento; asegurarse de que la separación entre mesas o agrupaciones de mesas es la adecuada (al menos de 2 metros) permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal; evitar el uso de cartas de uso común, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares; mantener abiertas las puertas del establecimiento, con el fin de evitar el contacto con pomos y tiradores de las mismas, y fomentar el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos (tecnologìa contactless).
Para los trabajos en domicilios, recomienda a los trabajadores solicitar que se respete la distancia de seguridad y evitar trabajar en espacios cerrados y con una superficie reducida si hay más personas en ellos, en la medida de lo posible.