ep tres personas caminan con su equipaje en la terminal t4 del aeropuerto madrid barajas
Ricardo Rubio - Europa Press

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la sexta prórroga de medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por Covid-19, mediante la limitación de los vuelos entre Brasil y Sudáfrica y los aeropuertos españoles. La medida entrará en vigor desde las 00:00 del día 27 de abril (hora peninsular) hasta las 00:00 horas del 11 de mayo de 2021 (hora peninsular).

Desde la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.

Estas restricciones no afectan al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo, según ha informado el Ministerio de Sanidad.

Además, se contemplan otras exenciones relativas a vuelos de aeronaves de Estado, servicios de búsqueda y salvamento (SAR), vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y humanitarios, médicos o de emergencia.

La orden expresa la preocupación del Ejecutivo por la extensión de la variante brasileña, así como por sus posibles efectos sobre la transmisibilidad de la enfermedad y la capacidad de neutralización de los anticuerpos. Además, la variante de Sudáfrica preocupa por su alta prevalencia en el país, motivada por su alta capacidad de trasmisión, lo que "justifica el mantenimiento de la medida".

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