SANTIAGO DE COMPOSTELA, 25 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de 1º Instancia número 92 de Madrid ha condenado a las aseguradoras del Hospital Q. de A Coruña a indemnizar con 95.862 euros al viudo y al hijo de una paciente que falleció como consecuencia de las secuelas originadas tras una intervención de estómago.
El Juzgado ha estimado sustancialmente la demanda interpuesta, a través de los servicios jurídicos de la asociación 'El Defensor del Paciente' contra VIDACAIXA Adelas S.A, de Seguro y Reaseguro y Zúrich Insurance PLC Sucursal en España, como aseguradoras del Hospital Q. de A Coruña.
A la suma indemnizatoria se añade el abono de los intereses legales desde la interposición de la demanda hasta la sentencia y los de la mora procesal desde esta, así como el pago de las costas.
La mujer M.E.S.F. fue intervenida de forma programada, el 16 de diciembre de 2014, de gastrectomía total (extirpación de estómago) por adenocarcinoma en el servicio digestivo del hospital, y hemicolectomía derecha, por pólipo sésil resecado en toda su extensión por endoscopia, en el mismo acto quirúrgico realizado por laparotomía.
Las dos intervenciones quirúrgicas se plantearon de forma simultánea, pese al alto riesgo de la gastrectomía total. A raíz de la intervención y ante un postoperatorio complejo por la no recuperación de las cifras analíticas no se realizó ninguna ecografía y TAC para determinar el posible sangrado en la zona operatoria, que hubieran descrito la existencia de un hematoma que derivó en infección.
La sentencia recoge que "está acreditado que no fue adecuado el tratamiento quirúrgico radical, con mucha mayor incidencia de complicaciones, así como la demora en la realización de las pruebas precisas para determinar y tratar dichas complicaciones".
La mujer falleció el 19 de febrero de 2015, a los 69 años de edad, debido a las complicaciones quirúrgicas que se presentaron. El perito judicial señalaba que por las características de la paciente, la decisión de extirparle un cáncer de colon y un cáncer de estómago en una misma sesión operatoria y con una gastrectomía total era un "tratamiento de elevado riesgo".
La sentencia concluye que se acredita la existencia de una grave negligencia con infracción de la 'lex artis' en el tratamiento de la paciente. En todo caso, la sentencia no es firme y puede ser recurrida.