- La corte de Luxemburgo condiciona las prestaciones al permiso de residencia
- El caso comenzó con la denuncia de una nacional rumana que demandó al Estado alemán
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado la decisión de Alemania de denegar prestaciones sociales a ciudadanos comunitarios sin empleo que se han desplazado al país para beneficiarse de las mejores condiciones laborales y de las ayudas que realiza el Gobierno alemán.
'NO DESARROLLAN UNA ACTIVIDAD ECONÓMICA'
El fallo hace hincapié en que los Estados de la Unión Europea deben tener la posibilidad de "denegar las prestaciones sociales a ciudadanos de la Unión que no desarrollan una actividad económica y que ejerzan su libertado de circulación con el único objetivo de percibir la ayuda social" de otro miembro.
El caso comenzó cunado una mujer rumana y su hijo demandaron al Estado alemán por denegarles la prestación por desempleo, que en Alemania consiste en un seguro básico que garantiza la subsistencia de los beneficiarios de la ayuda.
PERMISO DE RESIDENCIA
La corte de Luxemburgo ha destacado que las personas que llevan menos de tres meses en otro país de la organización comunitaria no tiene derecho a estas prestaciones. Mientras, en los casos en los que las personas llevan entre tres meses y cinco años en otro país miembro, este derecho está sujeto al derecho de residencia.
Así, según la regulación comunitaria, el derecho de residencia puede ser negado a personas que no realizan ningún tipo de actividad productiva y que carecen de recursos propios para mantenerse.
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