La reforma fiscal que entrará en vigor el 1 de enero llega con importantes novedades para los emprendedores. Las personas que tengan participaciones o acciones y decidan irse de España tendrán que tributar si se posee más del 25% de una sociedad con un valor de un millón de euros o acciones por más de cuatro millones.
Aunque la reforma del Gobierno pretende penalizar la salida de capitales de las grandes fortunas, algunos expertos consideran que esta medida castiga a los creadores de nuevas empresas que decidan salir al extranjero.
Los cambios del IRPF obligarán a los creadores de startups a autoliquidar el impuesto
Según destacan desde Sintetia, los cambios introducidos en el IRPF obligarán a los creadores de startups a autoliquidar el impuesto, pero cabe la posibilidad de que aplace el pago durante 5 años (si es fuera a la Unión Europea, hasta 10 años). Aún así, la normativa recoge que si el emprendedor regresa a España antes de los 5 años no tendrá que tributar.
Pero para no pagar en esos 5 años, la ley le obliga a garantizar o avalar la totalidad del impuesto que ha pospuesto. Ese aval serán sus propias acciones. Por lo tanto, Hacienda acepta que deje como garantía ese 25% de las acciones, aunque se cobrarán intereses. Además, si vende sus acciones antes de 5 años, y no es residente fiscal español, pagaría el impuesto, no hay exención posible.
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