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El president d`ERC, Oriol JunquerasSEÑAL DE TV DEL TRIBUNAL SUPREMO - Archivo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado este jueves sobre el alcance de la inmunidad como eurodiputado del líder de ERC, Oriol Junqueras, privilegio del que el político independentista gozaba, según el Alto Tribunal, desde que se proclamaron los resultados de las elecciones al Parlamento europeo del pasado mayo, y mientras estaba en prisión preventiva, por lo que el Tribunal Supremo deberia haber permitido que recogiera su acta de diputado.

Según el TJUE debió ser reconocido como eurodiputado desde la proclamación oficial de los resultados de las elecciones al Parlamento europeo del pasado mayo y gozar "desde ese mismo momento" de inmunidad. Juristas consultados creen que el hecho de imperdir su salida de prisión es una vulneración de sus derechos como miembro del Parlamento Europeo.

La primera reacción del Tribunal Supremo, según informa Rac1, es de estudiar la sentencia para ver qué pasos deben seguir. Desde ERC se ha exigido la "nulidad del juicio y libertad inmediata", según ha declarado la formación desde su cuenta en Twitter.

La sentencia dictada por la Gran Sala del Tribunal, compuesta por quince jueces que no emitirán votos particulares, se ha dado a conocer en la sesión que ha arrancado a partir de las 9:30 horas en Luxemburgo.

El fallo responde al caso de Junqueras, pero aún es una incógnita si su pronunciamiento tendrá consecuencias de manera indirecta sobre la situación del expresidente de Cataluña Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín, ambos eurodiputados electos huidos de la Justicia española.

La Justicia europea responderá así a las cuestiones prejudiciales remitidas por el Tribunal Supremo el pasado mes de junio a petición de la defensa de Junqueras, que pidió esta consulta en un recurso de súplica contra la decisión del alto tribunal de no darle permiso para ir a acatar la Constitución ante la Junta Electoral Central y así acceder a la condición plena de eurodiputado.

El Abogado General del TUE concluyó en noviembre que Junqueras debería ser reconocido como eurodiputado porque su escaño depende únicamente del voto de los electores y no puede estar supeditado al posterior cumplimiento de formalidad alguna para recoger el acta.

Sin embargo, advirtió también de que la sentencia condenatoria del Tribunal Supremo en octubre pasado conlleva la anulación del mandato como eurodiputado del exvicepresidente del Govern, por lo que el TUE no es competente para responder a las cuestiones prejudiciales plateadas por el Supremo, porque su respuesta "tendría carácter hipotético".

En opinión del letrado europeo, en todo caso, el Parlamento europeo debería de poder pronunciarse sobre la oportunidad de suspender o de mantener la inmunidad de uno de sus miembros, por lo que pidió al TUE que le corresponde también a la Eurocámara pronunciarse.

Aunque las conclusiones del Abogado General no son vinculantes para los jueces del TUE, en la mayoría de los casos las sentencias finales siguen la línea marcada por el primer dictamen.

Con todo, la defensa de los líderes independentistas que reclaman un escaño en la Eurocámara ha rebajado las expectativas en las últimas fechas sobre el impacto de esta sentencia porque el caso de Junqueras está "mucho más acotado, limitado", que las dudas sobre el alcance de la inmunidad europarlamentaria y la proclamación de eurodiputados que han planteado los abogados de Puigdemont y Comín en otros dos asuntos abiertos en Luxemburgo.

El TUE tiene pendiente de resolución un recurso presentado por Puigdemont y Comín contra el Parlamento europeo por impedirles tomar posesión de su escaño y otro contra la decisión del Tribunal con sede en Luxemburgo de no aceptar medidas cautelares para que pudieran recoger el acta de manera provisional hasta que se resolviera el asunto de fondo.

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