• El impuesto del tabaco aumenta un 2,5% para los cigarrillos y un 6,8% para el tabaco de liar
  • Este sábado también entran en vigor los cambios aprobados este viernes por el Gobierno en el Impuesto sobre Sociedades
Cigarro Tabaco

El Gobierno de Mariano Rajoy se estrena con la subida de los impuestos especiales al tabaco y el alcohol, que entran en vigor este mismo sábado, tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del real decreto de medidas tributarias, que contempla un incremento de estos tributos de entre el 2,5% y el 5%.

Desde este mismo sábado el consumo de alcohol y tabaco estará gravado con un impuesto más elevado, tras aprobarlo en el Consejo de Ministros celebrado este viernes. Se estima que esta medida reportará a las arcas del Estado cerca de 150 millones de euros (100 millones por tabaco y 50 por alcohol).

Concretamente, el impuesto del alcohol y bebidas derivadas (excluidos la cerveza y el vino) se incrementa un 5%, mientras que en el tabaco se establece un aumento del tipo mínimo para los cigarrillos del 2,5% y del 6,8% para el tabaco de liar.

El impuesto del alcohol se incrementa un 5%; El del tabaco aumenta un 2,5% para los cigarrillos y un 6,8% para el tabaco de liar

TAMBIÉN EN VIGOR LOS CAMBIOS EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES

Junto con la subida de estos impuestos especiales, este sábado también entran en vigor los cambios aprobados este viernes por el Gobierno en el Impuesto sobre Sociedades, que supondrán unos ingresos adicionales de 4.650 millones de euros y que se aplicarán ya en el periodo impositivo de 2016, de modo que las empresas notarán estos incrementos en la declaración que realicen en 2017 sobre los ingresos de este año, recoge Europa Press.

En concreto, se modifica la exención por dividendos y se establece la no deducibilidad de las pérdidas realizadas en la transmisión de participaciones en entidades, siempre que se trata de participaciones con derecho a exención en las rentas positivas obtenidas, tanto en dividendos como en plusvalías generadas en participaciones.

Igualmente, se limita la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores para grandes empresas en los siguientes porcentajes: al 25% para empresas con importe neto de la cifra de negocios superior a 60 millones y al 50% con una cifra de negocios de entre 20 y 60 millones.

Adicionalmente se establece un nuevo límite para la aplicación de deducciones por doble imposición, que se cifra en el 50% de la cuota íntegra para empresas con una cifra de negocios superior a 20 millones de euros.

Este sábado también entran en vigor los cambios aprobados este viernes por el Gobierno en el Impuesto sobre Sociedades

PRÓRROGA DEL IMPUESTO DE PATRIMONIO PARA 2017

El real decreto también contempla la prórroga del Impuesto sobre el Patrimonio para 2017, así como la actualización de los valores catastrales del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a partir del año que viene, y que afectará a un total de 2.452 municipios.

Lo que no entrará en vigor de manera inmediata, a pesar de estar incluido en este decreto, es el endurecimiento de los aplazamientos y fraccionamientos de las deudas contraídas con Hacienda, que se aplicará a partir del periodo fiscal iniciado en 2017. De esta manera, se suprime desde el año que viene la excepción normativa que abría la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de las retenciones e ingresos a cuenta, y no se podrán ni aplazar ni fraccionar las obligaciones tributarias que deba realizar el obligado a realizar pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades.

Por último, el real decreto, que está firmado por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, y por la ministra de Empleo, Fátima Báñez, recoge también el aumento del 3% de la base máxima de cotización a la Seguridad Social y del 8% de las mínimas, así como el incremento del 8% del salario mínimo, hasta los 707 euros mensuales. Estas medidas se aplicarán desde el 1 de enero de 2017.

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