Considera que ya están "aseguradas las fuentes de prueba y bloqueado el patrimonio" y su arraigo no muestra riesgo de fuga

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso que presentó la Fiscalía Anticorrupción contra la salida de prisión bajo fianza de 100.000 euros de Rafael Redondo, hombre de confianza del comisario jubilado y en prisión provisional José Manuel Villarejo que se encuentra, igual que él, investigado en el marco de la llamada operación Tándem. Entiende que no hay riesgo de fuga ni de destrucción de pruebas.

En una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Alfonso Guevara, la Sección Tercera desestima los argumentos de la Fiscalía y da la razón al juez Diego De Egea, que el pasado 13 de agostó fijó la fianza de Redondo en un millón de euros y el 14 de septiembre la rebajó a 100.000 euros, lo que le permitió salir de prisión hipotecando una vivienda.

Fiscalía Anticorrupción pedía que se le mantuviera en prisión preventiva al entender que existía riesgo de fuga así como riesgo de reiteración delictiva y de obstaculización de la instrucción, ya que estaba pendiente de analizar la documentación intervenida en los registros, en su mayoría en formato digital, así como faltaban por cumplimentar comisiones rogatorias internacionales.

Sin embargo, la Sección Tercera dice que De Egea "acierta" cuando decide permitir que salga bajo fianza y avala que rebajase la cuantía inicialmente fijada porque se centra en "la proporcionalidad y la excepcionalidad" de la prisión provisional, que no concurriría en este caso, habida cuenta del "acreditado arraigo familiar y profesional" de Redondo y el hecho de que pasó ya 11 meses en prisión.

SU CASA, "MEJOR GARANTÍA SI CABE"

Asimismo, el tribunal tiene en consideración "esencialmente el hecho de que se encuentran aseguradas las fuentes de prueba y bloqueado el patrimonio del grupo Cenyt", en el que estaba ligado a Villarejo, lo que "permite concluir como más adecuado el establecimiento de una fianza y en la cuantía, cien mil euros, que el juzgado estableció el 14 de septiembre".

"La reducción operada de la fijada en un millón de euros en el auto de 13 de agosto de 2018 a la de cien mil en el 14 de septiembre responde a que durante tal lapso temporal no fue constituida y la defensa solicitó una reducción, se pidió 20.000 euros", expone la sentencia.

Además, considera que el hecho de que se haya constituido la fianza con una hipoteca a favor del Estado "sobre la vivienda unifamiliar propiedad privativa de la esposa de Redondo, determina que la garantía se establece con la residencia de la familia" y ello, en opinión del tribunal, "representa si cabe, mejor garantía".

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