• Este escrito precede al informe que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, solicitó al Consejo de Estado sobre la ley del referéndum que aprobó el Parlament de Cataluña
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El pleno del Tribunal Constitucional ha modificado el orden del día previsto inicialmente para su sesión ordinaria de este jueves para incluir el incidente de ejecución presentado por el Gobierno contra la resolución de la mesa del Parlamento de Cataluña que permitió la tramitación y aprobación de la ley del referéndum de autodeterminación del 1 de octubre.

Igualmente, se ha incluido en el orden del día el estudio de la recusación presentada por la presidenta del Parlament, Carmen Forcadell, contra los doce magistrados del TC, a quienes considera 'contaminados' para resolver sobre este asunto. Finalmente el Alto Tribunal lo ha rechazado de plano. Ha admitido, en cambio el incidente de ejecución del Gobierno.

Una vez resuelto este asunto, el tribunal comenzará a estudiar el incidente de ejecución presentado por el Gobierno contra las decisiones del Parlamento catalán que permitieron ayer la votación y aprobación de la ley de Referéndum de autodeterminación para el 1 de octubre.

El tribunal comenzará a estudiar el incidente de ejecución presentado por el Gobierno contra las decisiones del Parlamento catalán que permitieron ayer la votación y aprobación de la ley de Referéndum

Existen antecedentes de recusación total de todo el tribunal que fueron inadmitidas de plano y no paralizaron por lo tanto la acción de este órgano. La cuestión es resuelta por el propio tribunal recusado porque sus magistrados no tienen sustitutos y la ley no prevé la formación de ningún órgano especial integrado por personas ajenas a esta institución.

ANTECEDENTES

El tribunal ya fue anteriormente recusado en su totalidad por el abogado murciano José Luis Mazón en relación con una condena que impuso el Tribunal Supremo en 2004 a once de los magistrados del TC por la inadmisión arbitraria de un recurso.

La condena fue recurrida en amparo por los propios miembros del Constitucional y este letrado les recusó al considerar que no podían ser juez y parte de este asunto, pero su petición se rechazó de plano por el propio Pleno del tribunal de garantías y el amparo fue finalmente concedido en 2013.

En su escrito, Forcadell no pedía pide que los magistrados se aparten por su falta de parcialidad en ninguna causa concreta, sino que solicitaba expresamente que no pudieran adoptar las medidas previstas en artículo 92.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que fue reformado en 2015 para dotar a este órgano de instrumentos para poder hacer cumplir sus resoluciones.

Entre éstos instrumentos se encuentra la posibilidad del TC de imponer multas por desobedece sus sentencias, deducir testimonio a la Fiscalía respecto de las personas que incumplan sus resoluciones para que se estudie si han cometido delito -como puede ser el de desobediencia, que se vería entonces en un juzgado ordinario- o incluso suspender cautelarmente en sus funciones a los responsables de dicho incumplimiento.

LO QUE ESTUDIARÁ EL TC

Lo que estudiará el alto tribunal es un incidente de ejecución de sentencia ante el alto tribunal contra los acuerdos que han permitido la tramitación en el Parlamento de Cataluña de la ley de referéndum insta al Tribunal Constitucional (TC) a no limitarse a una "mera declaración de nulidad" de los actos impugnados y a acompañar esta decisión de "todas aquellas medidas que sean necesarias para evitar la continuación de la vía de hecho del Parlamento de Cataluña en el llamado proceso de secesión de Cataluña".

El escrito de 34 páginas, al que ha tenido acceso 'Europa Press', concreta esta petición en la reclamación de responsabilidades penales para la presidenta del Parlamento, Carme Forcadell, y del resto de miembros de la Mesa que este miércoles votaron a favor de la admisión a trámite por incumplir la sentencia en la que el propio TC anuló en diciembre de 2015 la resolución independentista y prohibió todos los actos dirigidos a cumplirla.

El recurso elaborado por la Abogacía del Estado argumenta que "para salvaguardar la autoridad del Tribunal Constitucional y el Estado de Derecho "se hace preciso que se explicite con la mayor claridad y contundencia posible que la ejecución de los actos aquí impugnados constituyen un grave incumplimiento de las decisiones adoptadas por el tribunal, y que los instrumentos no puedan ponerse en marcha".

URGE A RESOLVER "LO ANTES POSIBLE"

Además, y "dada la extrema relevancia constitucional del caso", el Gobierno urge al TC para que se pronuncie "lo antes posible" sobre el incidente que se promueve. Suplica que los magistrados admitan a trámite esta petición de forma "preferente y urgente".

El documento ha llegado al TC pasadas las cuatro de la tarde de este miércoles, si bien los magistrados habían concluido el Pleno dos horas antes y no volverán a reunirse hasta mañana. Será entonces cuando decidan si empiezan a deliberar sobre este asunto, han informado fuentes del tribunal de garantías.

El recurso recuerda que la desobediencia a la sentencia de 2015 que prohibió cualquier acto tendente a seguir adelante con los planes de ruptura con España no es nueva. Así, hace mención a tres diferentes autos en los que el Constitucional ha anulado actos del Parlamento catalán y la Generalitat en julio y octubre de 2016 y en febrero de este año.

Entre estas desobediencias figuran la ratificación del informe y las conclusiones de la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente, la resolución sobre orientación política general aprobada el pasado mes de octubre y la partida de los Presupuestos para 2017 que incluían una serie de partidas destinadas a financiar un eventual referéndum de autodeterminación.

"EXTRAMUROS DE LA CONSTITUCIÓN"

Sobre el fondo de la cuestión, el escrito advierte que de no anularse los acuerdos impugnados, "ello permitiría el debate y votación de una proposición de ley del Referéndum de Autodeterminación, lo que supondría de forma palmaria y manifiesta la asunción de una función constituyente por parte del Parlamento catalán, extramuros de la Constitución y de los procedimientos de reforma en ella regulados".

Lo que se ha acordado, según el Gobierno, son los "primeros actos" que permiten la ejecución por el Parlamento de Cataluña del "verdadero plan para intentar la secesión del resto de España, en el que se concretan fases y decisiones. Por ello, insiste en que las resoluciones impugnadas van encaminadas a la "voluntad decidida" de culminar un proceso constituyente unilateral e inconstitucional" que deben ser anuladas.

En cuanto a Forcadell y el resto de miembros de la Mesa que han votado a favor de la tramitación, se pide al TC que deduzca testimonio y remita a Fiscalía su actuación porque "han incumplido, con pleno conocimiento, las advertencias previstas en resoluciones anteriores del tribunal de garantías "y la orden en ellos contenida.

EL INCUMPLIMIENTO NO ES LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Subrayan que dichas órdenes que se dirigieron a "los poderes implicados y a sus titulares, especialmente a la Mesa del Parlamento", bajo su responsabilidad, de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que supusiera ignorar o eludir los mandatos enunciados.

Frente a dichas obligaciones, recuerdan los Servicios Jurídicos del Estado, "no puede servir de excusa ni la autonomía parlamentaria, ni la libertad de expresión", ya que el mandato del Tribunal "era claro, directo y tajante" y ha sido expresado no una sola vez, sino en varias ocasiones.

En el caso de Forcadell la responsabilidad es mayor según el gobierno, ya que al incumplimiento de las resoluciones del Tribunal como presidenta de la Mesa del Parlamento debe añadirse el cometido al proponer al Pleno de la Cámara la inclusión en el orden del día del debate y votación de la proposición de Ley.

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