Los exconsellers catalanes Jordi Turull y Josep Rull han pedido a Audiencia Nacional su excarcelación alegando que acatan el artículo 155 de la Constitución. Su defensa ha reclamado su puesta en libertad alegando que, como el resto de miembros del Govern cesado, han acatado "expresamente" las medidas de implementadas por el Gobierno de Mariano Rajoy, y lo han hecho sin promover ninguna "resistencia".
"No hay reiteración delictiva, sino compromiso de mantener las legítimas aspiraciones políticas en el cauce de la confrontación democrática electoral"
En sendos recursos presentados contra el auto de prisión incondicional dictado por la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, aseguran que acatan "expresamente" el artículo 155 de la Constitución y que han optado por concurrir a las elecciones del 21-D, por lo que piden que les dejen salir de prisión. Su abogado Jordi Pina asegura que los dos exconsellers niegan los preceptos en los que se basa la decisión de encarcelarles: que haya riesgo de reiteración delictiva, ya que han acatado el 155 y no tienen puestos de poder, y que haya riesgo de fuga por su intención de concurrir en los comicios del 21 de diciembre.
La defensa solicita en su escrito que, para la sustanciación del recurso, se celebre una vista en la que se permita la presencia de ambos investigados, al amparo del artículo 766.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim). Es más, argumenta que no hay riesgo de reiteración delictiva -uno de los preceptos para acordar la prisión- porque los querellados en la actualidad no ostentan cargo alguno en el Govern de la Generalitat y porque han acatado el 155.
Todos los querellados, "aun discrepando políticamente de su contenido y legitimidad, han acatado expresamente las medidas decretadas al amparo del artículo 155 de la Constitución sin efectuar ni promover ningún tipo de resistencia a su aplicación", aseguran los recursos, que añaden que tras la aplicación del 155 ninguno de los querellados "ha optado por ofrecer ni promover resistencia al nuevo escenario, anunciando por el contrario su propósito de concurrir a las urnas".
"No hay pues voluntad, ni riesgo, de reiteración delictiva, sino el compromiso de mantener las legítimas aspiraciones políticas en el cauce de la confrontación democrática electoral, con pleno respeto al pluralismo político que debe regir la convocatoria electoral", esgrime la defensa en estos recursos.
ELECCIONES
Consideran que tampoco existe riesgo de fuga por el compromiso político de los exconsellers con Cataluña, siendo "impensable" que quisiera abandonar la tierra con la que siempre se han sentido comprometidos, más aún al concurrir en las elecciones en la lista de JuntsxCat.
Defienden que la privación de libertad "contraviene el derecho a elecciones libres" del Protocolo de la Convención Europea de Derechos Humanos y el derecho de los ciudadanos a tener representantes políticos, que se traduce, también, en el derecho a la iniciativa y participación políticas recogido en el artículo 23 de la Constitución Europea.
Lamentan que la prisión preventiva "lesiona irremediablemente" su derecho a la participación política, ya que si no estuvieran privados de libertad participarían sin duda en la campaña electoral, y también rechazan que se tenga en cuenta la manera de actuar del presidente del Govern cesado, Carles Puigdemont, y otros consellers al irse a Bélgica para decidir si hay riesgo de fuga, ya que en ningún caso éstos quieren eludir la acción de la justicia. "Los que están aquí, pudiendo haber estado allá, están aquí y comparecieron al primer llamamiento judicial evidenciando por ende su total puesta a disposición de la justicia española", defienden los acusados en el escrito dirigido a la Audiencia.
ARRAIGO FAMILIAR
Entre otras circunstancias personales, los excargos públicos también esgrimen que tienen hijos, en el caso de Rull de tres y ocho años, y otros compromisos familiares, y su vínculo laboral y económico con Cataluña. En su escrito, la defensa reitera también que no considera que se hayan producido los delitos de rebelión, sedición y malversación, y que se vulneró el derecho de defensa porque "no pudo preparar adecuadamente con su defendido, ni su declaración, ni sus circunstancias personales relativas a su arraigo".
Así, consideran que hay "medidas menos gravosas para asegurar la presencia del investigado en todo el proceso", como la retirada de pasaporte, prohibición de desplazarse al extranjero, presentaciones regulares o incluso el establecimiento de una fianza.