• Reducción de los límites de aportación a planes de pensiones: 30% rendimientos netos del trabajo y actividades económicas u 8.000 euros. 2. Ampliación a 2.500 euros de las aportaciones a planes de pensiones a favor del cónyuge
  • Se introduce la posibilidad de rescatar derechos consolidados relativos a aportaciones con 10 o más años de antigüedad a contar desde el 1 de enero de 2015
pensiones, jubilacion

Este año 2015 que está a punto de terminar ha traído novedades fiscales para los planes de pensiones que conviene tener muy presentes. Así, contratar un plan de pensiones no sólo es interesante de cara al futuro, para hacer más fácil nuestra jubilación, sino también mirando el presente, ya que sus ventajas fiscales nos benefician desde el momento que los contratamos.

Desde el 1 de enero de este año 2015, en el marco de la Ley 26/2014 de 27 de noviembre, que modifica la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se destacan las siguientes novedades, según recoge BBVA:

1. Reducción de los límites de aportación a planes de pensiones: 30% rendimientos netos del trabajo y actividades económicas u 8.000 euros.

Se han reducido los límites de aportación a planes de pensiones: 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas u 8.000 euros

2. Ampliación a 2.500 euros de las aportaciones a planes de pensiones a favor del cónyuge: pasa de 2.000 a 2.500 euros la aportación máxima con derecho a reducción en la base imponible del aportante por las aportaciones a sistemas de previsión social complementaria a favor del cónyuge cuyos rendimientos netos del trabajo o actividades económicas sean inferiores a 8.000 euros anuales.

3. Se introduce la posibilidad de rescatar derechos consolidados relativos a aportaciones con 10 o más años de antigüedad a contar desde el 1 de enero de 2015.

4. Reducción del número de tramos y de los tipos marginales en IRPF: el número de tramos se reduce de 7 a 5 y se produce una rebaja de la tributación en todos ellos. El tipo mínimo de gravamen pasa del 24,75% al 19% en 2016. Tipo del 19,5% en 2015. El tipo máximo de gravamen pasa del 52% al 45% en 2016. Tipo del 46% en 2015.

5. Modificación del régimen transitorio de la reducción del 40% aplicable a las prestaciones de planes de pensiones percibidas en forma de capital: la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, eliminó la posibilidad de aplicar la reducción del 40% a las prestaciones de planes de pensiones en forma de capital derivadas de aportaciones con más de dos años de antigüedad, si bien estableció un régimen transitorio, que permitía mantener la reducción por las cantidades aportadas y/o las contingencias acaecidas antes del 1 de enero de 2007.

La nueva Ley mantiene dicho régimen transitorio, si bien sólo permite su aplicación en los siguientes términos: contingencias nuevas acaecidas a partir del 1 de enero de 2015 (se podrá aplicar la reducción del 40% cuando se solicite el cobro de la prestación en el mismo ejercicio en que acaezca la contingencia o en los dos siguientes); contingencias antiguas, acaecidas antes del 1 de enero de 2015 (para las que han tenido lugar en los ejercicios 2011 a 2014, el régimen transitorio solo podrá ser de aplicación, en su caso, a las prestaciones percibidas hasta la finalización del octavo ejercicio siguiente a aquel en el que acaeció la contingencia correspondiente. Para las que han tenido lugar en los ejercicios 2010 o anteriores, el régimen transitorio sólo podrá ser de aplicación, en su caso, a las prestaciones percibidas hasta el 31 de diciembre de 2018).

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