- Es aconsejable comenzar a planificar la jubilación en el mismo momento en que ingresamos en el mercado laboral
- El dinero del plan de pensiones se puede recuperar al llegar el momento de la jubilación o antes en cuatro supuestos concretos
- Las aportaciones periódicas siempre son más recomendables que las que se hacen a final de año
¿Por qué es aconsejable ahorrar para la jubilación? ¿En qué momento se debe contratar un plan de pensiones? ¿Qué tipo de plan de pensiones es el más adecuado?
Contratar un plan de pensiones para asegurarse una jubilación más tranquila y "abundante" es algo que cada vez más gente se plantea. El incierto panorama político en España, además, genera más preocupación entre los ciudadanos sobre qué pasará con las jubilaciones, habrá para todos, se acabarán recortando... Por todo esto, es interesante estar informado sobre los planes de pensiones, cuál contratar para que se corresponda con nuestro perfil inversor, cuál nos puede resultar más ventajoso fiscalmente...
Para dar respuesta a todas estas preguntas, Renta 4 ha publicado una guía práctica sobre cómo contratar un plan de pensiones en la que se contestan 12 preguntas clave cuyas respuestas todo el mundo debería conocer:
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1. ¿Qué es un plan de pensiones?
Es un producto financiero de previsión que nos permite canalizar el ahorro a través de la realización de operaciones periódicas con la finalidad de disponer, en el momento de nuestra jubilación, de ingresos adicionales que nos permitan completar la pensión pública.
Si queremos mantener el nivel de vida que tenemos actualmente debemos complementar las pensiones públicas con otros vehículos de ahorro
2. ¿Por qué es recomendable ahorrar para la jubilación?
Si queremos mantener el nivel de vida que tenemos actualmente debemos complementar las pensiones públicas con otros vehículos de ahorro. Muchas personas, señalan desde Renta 4, desconocen cuál va a ser el importe de su pensión y creen que estará muy próxima a su salario habitual. Sin embargo, la realidad es que el importe de la pensión media de jubilación en España de de 1.023 euros al mes (670 euros para los trabajadores autonómos) y el importe bruto de la pensión máxima de jubilación es de 2.561 euros.
3. ¿Cuándo es buen momento para contratarlo?
Todos los expertos indican que es aconsejable comenzar a planificar la jubilación en el mismo momento en que ingresamos en el mercado laboral. Cuanto antes comencemos, menor será el esfuerzo que tendremos que hacer mañana. Aunque se empiece con pequeños importes, desde Renta 4 insisten en que es necesario comenzar a crear el hábito del ahorro para la jubilación lo antes posible.
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4. ¿Puedo disponer de mi dinero cuando quiera?
El dinero del plan de pensiones (se denomina derecho consolidado) se puede recuperar al llegar el momento de la jubilación o antes, en caso de incapacidad permanente o fallecimiento (por los herederos). Adicionalmente, existen otros tres supuestos de cobro anticipado de la prestación: desempleo prolongado, enfermedad grave o desahucio de la vivienda habitual.
A partir del 1 de enero del 2015, existe un nuevo supuesto de liquidez, sin necesidad de vincularlo a ninguna situación objetiva, por el que se puede rescatar el dinero del plan de pensiones (sin necesidad de justificarlo), una vez que hayan transcurrido diez años desde la primera aportación.
Es aconsejable comenzar a planificar la jubilación en el mismo momento en que ingresamos en el mercado laboral
5. ¿El mejor ahorrar mes a mes o sólo al final?
Las aportaciones periódicas, ya sean mensuales o trimestrales, siempre son más recomendables que las que se hacen a final de año, ya que, por una parte, permiten ir neutralizando los movimientos de los mercados financieros y las alzas o bajas de los activos financieros en que invierten los Planes de Pensiones y, por otra parte, el efecto de la capitalización financiera hace que el valor alcanzado por nuestro ahorro sea mayor.
6. ¿Mejor planes de pensiones que otros vehículos, como los fondos de inversión?
La diferencia entre planes de pensiones y fondos de inversión es que los primeros son ilíquidos hasta el momento de la jubilación, salvo en los supuestos mencionados anteriormente, mientras que los fondos tienen liquidez en un plazo máximo de 72 horas. Además, los planes de pensiones cuentan con ventajas fiscales, dada su condición ilíquida.
En todo caso, nunca se debe aconsejar la contratación de un plan de pensiones (o Planes de Previsión Asegurado, PPA) si el ahorrador no puede obtener beneficio fiscal anual ya que, a la hora de percibir los derechos consolidados, tributan como rendimientos de trabajo y, si anteriormente no hemos podido deducirnos el importe de las aportaciones realizadas, podemos incurrir en una doble tributación.
7. ¿Cuál es la fiscalidad de los planes de pensiones?
Los planes de pensiones, junto con los PPA, son el único instrumento financiero que tiene reducción en la base imponible en el IRPF, hasta un límite de 8.000 euros. Así, por ejemplo, si se aportan 2.000 euros y se tributa al 40% en renta, Hacienda nos devolverá 800 euros.
El dinero del plan de pensiones se puede recuperar al llegar el momento de la jubilación o antes en cuatro supuestos concretos
Una vez jubilados, tendremos que tributar por el dinero rescatado como rendimiento de trabajo, sin embargo, se debe tener en cuenta que el efecto de diferir el impuesto durante un largo periodo de tiempo, veinte o treinta años, le otorga a este instrumento de ahorro una fiscalidad bastante ventajosa.
Si a este efecto le añadimos que, por regla general, nuestra base imponible será más reducida una vez jubilados que durante nuestra vida laboral, obtendremos además del diferimiento comentado, un verdadero ahorro de impuestos pues nos deducimos las aportaciones al plan a un tipo impositivo mayor que por el que vamos a tributar cuando lo cobremos.
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8. ¿Qué tipo de plan de pensiones es mejor: un plan de renta fija, renta variable, monetario o mixto?
Podemos contratar uno o varios tipos de planes de pensiones. Lo importante es que el conjunto, o "cartera", se corresponda con nuestro perfil de inversión y con el tiempo que falte para hacerlo líquido.
Este último aspecto es muy importante. El horizonte temporal que tenemos que tener en cuenta no se corresponde con la fecha de jubilación sino con el momento o momentos en el que cobremos la prestación del plan de pensiones que puede coincidir con nuestra jubilación o con momentos posteriores.
El horizonte temporal que debemos considerar no es el mismo si, por ejemplo, tenemos 60 años y nos vamos a jubilar con 65 años y elegimos recibir la totalidad de la prestación en forma de capital en ese momento (en este caso nos restan 5 años); que si vamos a diferir su cobro hasta la edad de 70 años (nos restarían 10 años); o que si decidimos cobrar la prestación del plan en forma de renta durante 20 años (en cuyo caso el horizonte temporal sería de 15 años, aproximadamente).
El perfil de un inversor se define por la relación que existe entre los riesgos que está dispuesto a asumir y los rendimientos que espera obtener. Así, se puede hablar de inversores con un perfil conservador, medio o arriesgado. Por ejemplo, si no está dispuesto a perder dinero en ninguna circunstancia, se le puede catalogar como un inversor conservador. En este caso debería estar dispuesto a aceptar un rendimiento bajo, ya que riesgo y rentabilidad suelen estar directamente relacionados: cuanto mayor sea la rentabilidad esperada, mayor será el riesgo asumido.
El paso del tiempo, los cambios en la situación financiera y otras circunstancias personales, incluidas las experiencias que se van acumulando, hacen que el perfil inversor pueda experimentar modificaciones.
9. ¿Cuántos planes de pensiones puedo contratar?
Podemos contratar tantos planes de pensiones como queramos y en las entidades que queramos. La única limitación que se establece es que el importe de las aportaciones anuales para el conjunto de los planes de pensiones que tengamos contratados no puede superar los 8.000 euros en cada ejercicio fiscal.
Las aportaciones periódicas siempre son más recomendables que las que se hacen a final de año
10. ¿Puedo traspasar mi plan de pensiones a otro plan?
En el momento que lo consideremos oportuno, podemos traspasar todo o parte del ahorro acumulado que tengamos en un plan de pensiones a otro u otros que pueden estar gestionados por la misma entidad o por otra u otras entidades.
Estos traspasos no tienen ningún coste fiscal ni se pueden aplicar ningún tipo de penalizaciones o de comisiones por las entidades gestoras.
11. ¿Cómo influyen las comisiones que se aplican a los planes en la rentabilidad obtenida?
Los planes de pensiones necesitan una entidad que gestione las inversiones y realice todos los trámites de administración con los partícipes y una entidad depositaria que es la encargada, entre otras funciones, de custodiar los activos en los que invierte el fondo de pensiones. Estas entidades, por la realización de sus funciones, cobran unas comisiones que están limitadas legalmente.
Cuanto menos paguemos en comisiones mejor, es totalmente lógico. Pero el elemento más importante en el que nos tenemos que fijar es en la rentabilidad.
La rentabilidad que tienen que publicar los planes de pensiones es neta, es decir, descontadas las comisiones de gestión y de depósito y otros gastos implícitos en el proceso de inversión y tiene que estar referida a distintos plazos: uno, tres, cinco, diez años.
12. ¿Depende la seguridad de mi ahorro de la entidad que gestiona el plan de pensiones?
En caso de insolvencia de la Depositaria o de la Gestora (que es muy improbable, pues ambas entidades están supervisadas y sometidas a requisitos de solvencia), el Fondo no se disuelve y se sustituye a la Gestora o a la entidad Depositaria
por otra entidad sin afectar, por tanto, a la situación del partícipe ni al ahorro que tenga acumulado.
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