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El plazo para que los afectados por la caída del Banco Popular reclamen por las acciones que habían adquirido en la ampliación de capital del banco en 2016 finalizará este sábado, 28 de agosto de 2021, tras haber sido extendido por la por la suspensión de plazos de prescripción que supuso el decreto del estado de alarma por la pandemia en España.

La resolución de Banco Popular y su posterior venta a Banco Santander por un euro el 7 de junio de 2017 había provocado que muchos accionistas perdiesen el valor de sus inversiones.

Los afectados tenían varias vías para reclamar, en función de cómo obtuvieron sus participaciones directamente en la ampliación de capital o en el mercado secundario, según han indicado fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

Por un lado, quienes habían conseguido acciones en el mercado secundario podrían ejercitar una acción indemnizatoria por responsabilidad excontractual. El plazo para ejercitar esta acción, que prescribe a los tres años, ya finalizó el 28 de agosto de 2020, tras haberse ampliado en 82 días por la suspensión de plazos que supuso la declaración del estado de alarma en España.

Pero aquellos que habían adquirido las acciones en la ampliación de capital podrían, además, ejercitar una acción de anulabilidad por error vicio en el consentimiento. En este caso, el plazo de cuatro años, tras su perceptiva ampliación, finalizará este 28 de agosto.

Así, los afectados que aún deseen reclamar por error vicio en el consentimiento pueden exponer su demanda antes de este sábado o remitir un burofax que interrumpa la prescripción, lo que daría lugar a poder presentar la demanda en el futuro.

El socio-director del despacho Navas & Cusí, Juan Ignacio Navas, ha alertado de que esta es "la última oportunidad para reclamar lo que corresponde". "Tanto la CNMV como el Banco de España ya han certificado que la información ofrecida por el banco no representaba la imagen fiel de la situación económico-financiera", ha recordado.

Por ello, han aconsejado a los accionistas afectados por la resolución del Popular que actúen antes del 28 de agosto para que el Santander pueda responder como heredero.

"El Popular había minusvalorado el riesgo inmobiliario y había transmitido una imagen de solvencia que no respondía a la realidad. Debe de asumir su responsabilidad, pero formalmente lo que no se haga ahora, después no será posible reclamarlo", ha advertido el experto.

Desde Lean Abogados han añadido que todos los accionistas pueden ejercitar la acción de reclamación de daños y perjuicios del artículo 1101 del Código Civil, que prescribiría el 7 de junio de 2022, que fue ampliado hasta el 28 de agosto de 2022), sin perjuicio de que dicho plazo pueda interrumpirse mediante un requerimiento extrajudicial.

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