MADRID, 21 (EUROPA PRESS)
Los seguros de comunidades de propietarios "no garantizan" la reconstrucción total del inmueble, según advierte la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que explica que este producto suele contar con dos coberturas 'estrella', como son la de daños al edificio y la de responsabilidad civil, pero que "lamentablemente ambas son muy mejorables".
Son las conclusiones a las que ha llegado la asociación tras realizar un análisis de 12 pólizas para un inmueble de 2.300 metros cuadrados y 31 viviendas construido en 1977.
Por un lado, cree que la cobertura de daños al edificio, que atiende a daños sufridos en elementos comunes, como los cimientos, la fachada, el tejado, las escaleras o los garajes, está sujeta a "condiciones cuestionables".
OCU explica que, por ejemplo, los daños debidos a fugas de agua suelen estar sujetos a límites máximos o a franquicias si el edificio es antiguo.
Sin embargo, considera que "lo peor" de esta cobertura es que se pueden excluir los daños por defectos o vicios propios; por una defectuosa construcción, fabricación o instalación; por mala calidad; por error de diseño; por oxidación del elemento que origine en daño, etc., algo que la OCU cree que es "inaceptable" si el defecto no es notorio, si el siniestro ocurre por vez primera o si las reparaciones anteriores estaban realizadas por profesionales autorizados, con licencia y factura.
"Es más, ni siquiera asegurando el edificio por el capital recomendado por la compañía y aceptando su política de revalorizaciones anuales, las compañías se comprometen a correr con la reconstrucción completa del edificio si quedara totalmente destruido por un siniestro cubierto por la póliza. Si la causa del derrumbe es un riesgo extraordinario, como las inundaciones provocadas recientemente por la DANA, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien se haga cargo, pero aplicará las mismas limitaciones que tenga el seguro de la comunidad", traslada la asociación.
Otra "grave limitación" de la que alerta la OCU es la cobertura por resposanbilidad civil. Afirma que la mitad de las pólizas analizadas tienen límites "muy bajos", de 600.000 euros por siniestro. Pero además la mayoría imponen un límite específico, de 300.000 euros o menos, para daños personales, es decir, por víctimas de un siniestro; por ejemplo, como consecuencia de la caída de un elemento de la fachada.
Y también para la cobertura por daños por accidentes laborales sufridos por empleados de la finca (por ejemplo, el portero) o por trabajadores ajenos haciendo un servicio eventual para la comunidad.
OCU advierte que, para valorar los daños personales, suele emplearse el sistema de valoración de los accidentes de tráfico que, en casos graves, establecen indemnizaciones que superan "holgadamente los límites de las aseguradoras".
Por ello, la OCU ha solicitado a la patronal de los seguros Unespa que inste a las aseguradoras a que aumenten estos capitales y sin una limitación específica por víctima, de modo que la cobertura se asemeje a la de otros seguros de responsabilidad civil, como los de las pólizas del automóvil.
"Aunque en el ámbito de los inmuebles los accidentes son menos frecuentes, sus consecuencias podrían ser igualmente graves. Además, estas mismas mejoras deberían extenderse a los seguros del hogar", agregan.
Más allá de esta petición, OCU recomienda contratar un seguro específico para la comunidad de propietarios, que hoy por hoy solo es obligatorio en Madrid y Valencia. "Aunque ninguna póliza supera con claridad el análisis realizado, algunas ofrecen condiciones al menos aceptables", reconoce.
Igualmente, afirma que hay "significativas diferencias" de precio para pólizas con coberturas muy similares; y muchas ofrecen servicios de asistencia que pueden resultar muy útiles.