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El gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de CosEduardo Parra - Europa Press

El Grupo de Gobernadores de Bancos Centrales y Jefes de Supervisión, que es como se denomina al organismo de vigilancia del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, ha llegado a un acuerdo este viernes sobre el marco prudencial que regirá el tratamiento de las exposiciones de la banca a criptoactivos y que entrará en vigor en enero de 2025.

"El estándar del Comité sobre criptoactivos es un ejemplo más de nuestro compromiso, disposición y capacidad de actuar de forma coordinada a escala global para mitigar los riesgos emergentes a la estabilidad financiera", ha indicado el presidente del Comité de Basilea y gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos.

Según el futuro marco prudencial, los criptoactivos que no estén respaldados y las 'stablecoins' que no tengan mecanismos efectivos de estabilización estarán sujetos a un tratamiento prudencial "conservador".

El regulador considera que este nuevo conjunto de normas y reglas "aportará un marco regulatorio global prudente para las exposiciones de bancos internacionalmente activos a criptoactivos que promocionen la innovación responsable, al tiempo que preservan la estabilidad financiera".

El Comité ha indicado que las exposiciones directas a criptoactivos por parte del sistema bancario permanecen "relativamente bajas". No obstante, los "hechos recientes", en una velada referencia al colapso de FTX, "destacan la importancia de tener un marco prudencial global mínimo y sólido para los bancos activos internacionalmente para mitigar los riesgos".

DOS TIPOS DE CRIPTOACTIVOS EN FUNCIÓN DE SU RIESGO

Según las nuevas normas, los criptoactivos se dividirán en dos tipos en función de su riesgo. Los activos tradicionales tokenizados y las 'stablecoins' con buenos mecanismos de estabilización conformarán el "grupo 1" y sus exposiciones se basarán en el tratamiento de capital actualmente vigente en las normas de Basilea.

El resto de criptoactivos pertenecerán al 'grupo 2' y su exposición no podrá superar el 2% del capital Tier 1 y, en todo caso, deberá ser normalmente inferior al 1%. Ciertos activos de este grupo recibirán una ponderación por riesgo del 1.250%.

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