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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha decidido ampliar indefinidamente la restricción para minoristas de la comercialización, venta, y distribución de opciones binarias y de contratos financieros por diferencias (CFD) que llevaba tres años en vigor y que iban a caducar. Esto significa que los brokers especializados en estos productos no podrán volver a venderlos sin limitaciones.

Las opciones binarias son productos que permiten ganar con subyacentes como divisas, materias primas e índices, si el inversor acierta si van a subir o bajar en un determinado período de tiempo. Mientras que los CFD son contratos entre dos partes en los que se gana o pierde la diferencia entre el precio de compra y el de venta de un activo financiero.

Los CFD tienen el gran atractivo de que permiten apostar por la subida o la bajada de una acción con una inversión muy inferior de la que supondría comprar directamente esas acciones (eso es el apalancamiento). Esto implica que se puede ganar muchísimo si se acierta... pero también se puede perder más de lo invertido si se falla.

El apalancamiento es el principal factor de que los inversores no expertos pierdan dinero en la inmensa mayoría de las ocasiones, ya que no disponen de garantías suficientes para mantener sus posiciones abiertas ante fluctuaciones en los precios, por lo que se produce frecuentemente el cierre automático de sus posiciones y pérdidas que exceden el importe inicialmente desembolsado por los clientes en concepto de garantía. De ahí que la CNMV establezca un límite de apalancamiento hasta un nivel de 30 a 1.

Según la CNMV, el apalancamiento también dificulta la comprensión por parte del minorista del impacto en el rendimiento previsible de las comisiones y de los diferenciales que soporta, ya que éstos suelen aplicarse sobre el importe nocional de la operación y no sobre las garantías entregadas por el cliente.

Otro de los grandes inconvenientes de los CFD es que es un producto que generalmente se ofrecen a los inversores minoristas a través de plataformas de negociación electrónica, sin ofrecer servicios de asesoramiento por parte de brokers.

Por estas razones, la CNMV ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una resolución por la que se amplía indefinidamente estas limitaciones de venta a minoristas que había impuesto la ESMA (Autoridad Europea de Valores y Mercados). En el caso de las opciones binarias, el plazo finalizaba el próximo 2 de julio y, en el de los CFD, su vigencia expiraba el día 1 de agosto.

El organismo supervisor ha recordado en un comunicado que el contenido y alcance de estas medidas "es sustancialmente equivalente al de las acordadas por la ESMA en 2008 que, tras sucesivas prórrogas, dejaban de ser de aplicación en julio y agosto de este año, respectivamente".

Por tanto, con la finalidad de dar continuidad a las medidas acordadas por ESMA, la CNMV ha decidido mantener la limitación de venta de estos productos en España a minoristas "mientras que la Comisión no aprecie que se han producido cambios en las condiciones de mercado que permitan su derogación".

La resolución es de aplicación a todas las entidades que comercialicen estos productos en España, independientemente de su país de origen.

PÉRDIDA MEDIA EN ESPAÑA

En el caso español, la CNMV ya estimaba en 2014 que la pérdida media por inversor alcanza los 3.300 euros, e incluso alcanza el millón en casos concretos. Además, al no tratarse de un instrumento estandarizado y ser negociado de forma bilateral, el proveedor puede aplicar sus propias condiciones y comisiones. Esa es la gran ventaja para los vendedores, que además cobran un interés a los clientes por las posiciones abiertas (en el fondo, un CFD es una compra o venta de acciones a crédito). Y esto explica sus agresivas campañas comerciales, puesto que les proporcionan una rentabilidad muy elevada.

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