Los abogados del presidente catalán creen que el tribunal incumplió las normas
BARCELONA, 19 (EUROPA PRESS)
La defensa del presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha presentado un recurso de súplica al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) contra la decisión pronunciada por el magistrado presidente del órgano, Jesús María Barrientos, de rechazar la presentación de cuestiones prejudiciales al final del juicio al mandatario catalán por presunta desobediencia.
En el escrito de recurso, los abogados Gonzalo Boye e Isabel Elbal han alegado que los magistrados del TSJC acordaron el rechazo a las cuestiones prejudiciales prescindiendo "total y absolutamente de las normas de procedimiento causando efectiva indefensión".
En el juicio, Barrientos indicó a Boye que había hecho un planteamiento "extemporáneo" de las cuestiones prejudiciales y que las debió realizar en el trámite de las conclusiones definitivas, no al terminar su informe, para permitir al resto de partes formular sus alegaciones.
El abogado había pedido al TSJC que planteara cinco cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), referidas a la imparcialidad de los miembros del tribunal que deben dictar sentencia sobre Torra y a la posibilidad de condenarle a una inhabilitación que afecte a su derecho a ser elegido para ejercer cargos europeos.
CRITICAN VULNERACIÓN DE DERECHOS
En el recurso, los letrados de Torra han asegurado que la denegación de las cuestiones prejudiciales vulnera el derecho a un proceso con todas las garantías, el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho al juez imparcial, y han destacado: "Nuestros planteamientos iban y van en directa relación con la falta de imparcialidad del Juez de Instrucción y de algunos de los miembros" de la Sala que juzgó al presidente de la Generalitat.
Además, han indicado que el argumento que expresó el presidente del TSJC durante el juicio fue un "mero pretexto con la única pretensión de vulnerar los derechos de esta parte", ya que, según está parte, el momento procesal oportuno para el planteamiento de la cuestión prejudicial es una vez concluso el proceso, antes de dictar sentencia, de acuerdo con un Informe del Consejo General del Poder Judicial de 27 de junio de 2014.
POR PRECIPITACIÓN
Los abogados de Torra han concluido que la Sala que le juzgó se precipitó, han señalado que no les consta que ninguno de los magistrados haya elevado jamás una cuestión prejudicial al TJUE y que "por razones que afectan a su falta de imparcialidad, ha adoptado una decisión que es nula de pleno derecho y que ha de ser rectificada so riesgo de generar un mayor caudal de vulneraciones de derechos fundamentales".
Los letrados han avanzado que, si no se aceptan las cuestiones prejudiciales en el TSJC, las plantearán ante el Tribunal Supremo.