La Sala especial rechaza suspender el Pleno del lunes y afirma que convocarlo no infringió el procedimiento legal

MADRID, 25 (EUROPA PRESS)

La Sala especial del artículo 61 del Tribunal Supremo ha rechazado, por carecer de relevancia penal, la querella presentada por Podemos contra el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo, a quien el partido imputaba una prevaricación por llevar un Pleno que se celebrará el próximo 5 de noviembre la decisión final sobre quien debe pagar el impuesto sobre actos jurídicos documentados -conocido como impuesto sobre de impuesto de hipotecas.

En una resolución de 16 páginas hecha pública este miércoles el alto tribunal rechaza además resolver sobre la suspensión del Pleno de la Sala Tercera del lunes, al estimar que esta medida cautelar solicitada por Podemos no procede una vez se rechaza la acción penal.

En los razonamientos jurídicos de su auto, el Supremo dice que no existe prevaricación en este caso porque "no cabe duda alguna" de la competencia de Díez-Picazo de elevar un asunto como el del impuesto referido al Pleno de la Sala, un hecho que ni siquiera la propia parte querellante cuestiona. Afirma que con la convocatoria "no se ha infringido el procedimiento legal".

(HABRÁ AMPLIACIÓN)

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