Ofrecieron a las empresas un negocio para la importación y venta de unos vehículos procedentes de Alemania que no existían
BILBAO, 4 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Provincial de Vizcaya ha condenado a una madre y sus dos hijos a sendas penas de cuatro años de prisión por un delito continuado de estafa a tres empresas a las que ofrecieron un negocio para la importación y venta de vehículos procedentes de Alemania que no existían, ascendiendo la cuantía estafada a 414.152 euros.
En concreto, la querella por el delito de estafa fue presentada por las mercantiles Viriato Motor SA, Multicars Automoción, SL y Berlina Blanes Car SL, a las que los acusados causaron un perjuicio de 183.167 euros, 140.895 euros y 90.090 euros, respectivamente.
Según consta en los hechos probados, un matrimonio y sus tres hijos empezaron a realizar durante los meses anteriores a mayo de 2005 publicidad anunciando que eran titulares de empresas dedicadas a la importación de vehículos, tanto usados como de segunda mano,procedentes de Alemania y que podrían facilitar los trámites. Anunciaban que, debido a sus contactos en ese país, podían facilitar los trámites de dicha importación, así como realizar importantes descuentos en el precio final.
A partir de esa publicidad, representantes de la mercantil Berlina Blanes Cars contactaron con uno de los hijos --que está declarado en rebeldía por auto dictado por el juzgado de instrucción de Getxo, de fecha 5 de abril de 2016, y al que no afecta esta sentencia-- para interesarse por el negocio y visitaron una planta en Basauri donde conocieron a la madre acusada y al padre, sobre el que se ha acordado el sobreseimiento provisional por demencia sobrevenida.
El matrimonio les explicó que habían constituido una sociedad conjunta, Hispano Lusa de Distribución, que tenían un derecho exclusivo de comercialización de vehículos nuevos de marcas alemanas, concedido por la mercantil Exclusive Motors LTDA y que pretendían establecer una red de franquicias con exclusividad, por diversos territorios, para la distribución de estos vehículos. Además, aseguraban tener un programa informático para hacer los pedidos de forma personalizada.
Finalmente, firmaron un contrato por el que Berlina Blanes pasabaa formar parte de la red de distribución de vehículos de Hispano Lusa de Distribución, contando con exclusividad en su provincia para la venta de vehículos importados por Exclusive Cars a través de Hispano Lusa de Distribución. El precio abonado por la parte compradora se abonó mediante dos transferencias, una de 48.080 euros y otra de 6.010 euros.
A partir de este momento y hasta mediados de julio, aproximadamente, Berlina Blanes realizó diversos pedidos de automóviles, a través de la mercantil Gestiberica, nombre comercial que utilizaba Hispanolusa de Distribución, pero que no figuraba en el registro mercantil.
En el momento de cada pedido, Berlina Blanes abonaba en la cuenta indicada de Gestiberica el 15% del valor total de cada vehículo, sin embargo no llegaba ninguno de los vehículos ni les facilitaron el programa informático. Finalmente, lograron recuperar 24.000 euros correspondientes al 15% del pedido de cada vehículo.
Posteriormente, dos de los hermanos contactaron con otra compañía, Multicars Automoción, a los que ofrecieron el mismo producto que a Berlina Blanes, y se firmó un contrato de exclusividad y cooperación comercial.
Multicars Automoción realizó una transferencia a Gestiberica de 58.000 euros, que incluía el importe de la distribución exclusiva, asícomo el programa informático de realización de pedidos. También abonaron 25.303 euros por la adquisición de un vehículo en stock y 3.132 euros en concepto de gastos de gestión.
Sin embargo, los acusados nunca pusieron a disposición de los compradores el programa informático, ni ninguno de los vehículos pedidos, por los que Multicars abonó el 15% del valor total de cada vehículo (en total 54.460 euros) y no les devolvieron cantidad alguna.
En septiembre del mismo año, se ofreció el mismo contrato de franquicia e importación a Viriato Motor, que abonó a Gestiberica 58.000 euros en concepto de licencia de explotación y de programa informático. También abonó un 15% por cada vehículo pedido, sumando este concepto 95.429,75 euros y 29.738 euros en concepto de pago de precio de un vehículo en stock.
Viriato Motors, al igual que en el otro caso, no dispuso del programa indicado, no recibió vehículo alguno, y, tampoco, le devolvieron cantidad alguna de las inicialmente entregadas. Como consecuencia de las pérdidas, esta empresa tuvo que cerrar.
En todos los casos, la familia alegaba que uno de los hermanos se había ido con todo el dinero recibido y sobre él se dictó un auto de sobreseimiento provisional en mayo de 2010, al no hallarse en su domicilio conocido. La sentencia señala que aparecía como uno de los firmantes de los tres contratos de franquicia y comercialización de vehículos, aunque no se ha podido verificar su verdadera intervención en los hechos.
La sentencia considera probados todos los elementos del delito de estafa y en el juicio los acusados aseguraron que los contratos fueron negociados y suscritos por uno de sus familiares, el que está declarado en situación procesal de rebeldía, al que "únicamente prestaban ayuda puntual" y aseguraron que desconocían las operaciones que realizaba.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Vizcaya ve acreditada su "participación necesaria" en diversas fases de los delitos objeto de acusación y otorga "verosimilitud y credibilidad" a la declaración de los perjudicados.
La Audiencia no comparte la postura de la Fiscalía, que no realiza acusación, y que considera que faltaría "un elemento esencial de la estafa" porque no se ha podido acreditar el destino concreto de los diversos actos de disposición realizados por las tres mercantiles engañadas y si el dinero que abonaron llegó a los acusados.
La sentencia, que se puede recurrir, condena a la madre y dos de sus hijos a penas de cuatro años cada uno y, además, deberán indemnizar a Berlina Blanes Car con 54.091 euros, a Multicars Automoción con 140.895 euros y a Viriato Motor con 183.167 euros. También deberán abonar a cada una de ellas la cantidad de 50.000 euros en concepto de daño moral, lucro cesante y daño profesional y de imagen que les causaron.