SORIA, 25 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Provincial de Soria ha absuelto a un varón por un presunto delito continuado de agresión sexual, acoso, lesiones en el ámbito de la violencia de género e injurias leves cometido sobre su pareja por falta de evidencias, según la sentencia mostrada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
La denunciante, que presenta un trastorno de personalidad límite, según recalca la sentencia, denunció a su pareja por presunta agresión aunque no ha quedado demostrado que las lesiones leves que presentaba fueran producidas por el acusado.
La acusación particular ha manifestado al inicio del juicio, celebrado este lunes, que renunciaba al ejercicio de acciones penales y civiles, apartándose de procedimiento aunque solicitando la celebración del acto de juicio a puerta cerrada.
En este sentido, la sentencia explica que este hecho impide "recuperar otras versiones que se hayan podido exponer en fase sumarial o declaraciones policiales o a terceras personas en momentos de la investigación".
El acusado por su parte también se ha acogido a su derecho constitucional a no declarar por lo que se desconoce su versión respecto a los hechos recogidos en el acta de la acusación.
ANTECEDENTES
Los hechos ocurrieron a las 4.00 horas del 4 de diciembre cuando la Policía Nacional recibió un aviso sobre una posible agresión a dos mujeres, a las que acompañaron al Centro de Salud. Una de las presuntas víctimas presentó horas más tarde una denuncia contra el acusado, de nacionalidad marroquí, mayor de edad, sin antecedentes y con quien había mantenido una relación estable de pareja en los meses previos.
El parte médico recoge salida de cabellos sin otras lesiones físicas así como diversas equimosis aunque la sentencia apunta que se desconoce si estas lesiones provienen de una agresión previa o de otra causa.
La sentencia recoge que "no queda acreditado que el acusado haya obligado a la denunciante durante su relación de pareja a mantener relaciones sexuales con penetración en contra de su voluntad, ni que haya ejercido sobre ella una actividad continuada y persistente de control, sobre su forma de vestir y sobre las personas con las que se relacionaba, como tampoco ha quedado acreditado que en la madrugada del 4 de diciembre el acusado golpease, agrediese o insultase a la denunciante".
Asimismo, recalca que la denunciante presenta un trastorno de personalidad límite que "conduce a una marcada vulnerabilidad, amplificando su respuesta emocional ante circunstancias desfavorables". La sentencia recoge que no se aprecia de forma objetiva la existencia de síntomas congruentes con la gravedad de los hechos que denunciaba, destacando inestabilidad en las relaciones personales.
En este aspecto, el informe social forense destaca la historia personal, familiar y social que ha vivido la denunciante, destacando la "necesidad de afectividad ante las carencias familiares" que puede dar lugar al a "percepción de situaciones magnificadas" en relación a lo vivido con su ex pareja.
Además un testigo ha manifestado que conoce a la denunciante desde hace 7 años pero únicamente ha aportado que la encontraba "agobiada, bajo presión y angustiada en su relación de pareja" sin que haya presenciado ningún acto agresivo por parte del denunciante.
La Audiencia Provincial ha declarado de oficio las cotas procesales causas en esta instancia así como el levantamiento de las medidas cautelares adoptadas en la presente causa.