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Los últimos datos muestran que la concesión de hipotecas para la compra de una vivienda se recupera y mantiene el crecimiento con el que comenzó el año. La fuerte competencia entre los bancos con los tipos de interés en mínimos ha animado a ello. Pero en medio de esta situación optimista llega el Tribunal Supremo y cambia su jurisprudencia en relación con el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en la constitución de una hipoteca.

Ahora, está por ver si esta decisión supondrá un frenazo y dificultará el acceso al crédito para los que estén intentando comprar una casa. El Supremo considera que el prestatario no es el sujeto pasivo del impuesto en las escrituras notariales de los préstamos con garantía hipotecaria, al contrario de lo que opinaba antes. Es decir, que a partir de ahora ha de ser la entidad prestamista, el banco, y no el cliente la que debe hacerse cargo y abonar el impuesto.

Esta decisión judicial, aunque puede resultar "una alegría para todos los que ya están hipotecados, ya que podrían recibir una cantidad muy importante", resulta "muy negativa para los que quieran hipotecarse a partir de ahora", asegura el jefe de estudios de idealista, Fernando Encinar.

La sentencia "supone un severo revés para el sistema financiero español" y "podría endurecer de forma inmediata la concesión de nuevos préstamos recuperando las comisiones de apertura, que muchos bancos ya habían eliminado, e incrementar los diferenciales de las nuevas hipotecas".

"Si la entidad bancaria va a tener que hacer frente al pago del impuesto, repercutirá ese coste en el cliente. No obstante, el importe a pagar no tiene la suficiente entidad como para suponer un frenazo en la contratación"

Esto "se suma a la incertidumbre actual en el sector bancario, que sigue a la espera de que se apruebe la nueva ley hipotecaria". Aunque desde Idealista creen que "la fuerte competencia entre los bancos por captar nuevos clientes podría minimizar estas posibles subidas".

Menos optimista es la abogada de Voyadefenderter Yaiza Muñiz, quien ve posible que se encarezcan las hipotecas. "Si es la entidad bancaria la que va a tener que hacer frente al pago del impuesto, repercutirá ese coste en el cliente, bien en forma de comisiones o aumente del diferencial del préstamo. Recordemos que las entidades bancarias no se caracterizan por ser entidades sin ánimo de lucro. Siempre buscarán que sus cuentas de balances se vean lo menos menoscabas posible. No obstante, el importe a pagar no tiene la suficiente entidad como para que suponga un frenazo en la contratación".

La misma opinión tiene Renta 4. "A futuro, pensamos que esta sentencia supondrá un cambio en las políticas de precios de concesión de hipotecas para el sector, que entendemos que en un proceso gradual terminará por trasladar al cliente dicho coste", dicen.

La agencia de calificación crediticia Moody's ha cuantificado en 4.000 millones de euros el impacto que tendrá para los bancos, por lo que, evidentemente, la noticia es negativa para las entidades. Las asociaciones de consumidores calculan que alrededor de 8 millones de hipotecados han pagado indebidamente este impuesto, por lo que es "un golpe importantísimo para las entidades financieras", afirman desde Asufin.

Aunque Nuria Álvarez, analista de Renta 4, considera que "es muy complicado cuantificar el impacto y depende mucho de la retroactividad", puesto que si es "sobre el total de la cartera hipotecaria, los bancos tienen un problema. Si es sobre los últimos dos o tres años, cuando se han concedido menos hipotecas, el impacto es claramente menor". Por su parte Asufin cree que "no hay plazo de prescripción para reclamar, ya que no vamos a reclamar a Hacienda, sino al banco".

Desde el sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) matizan esto. "Aquellos ciudadanos que hayan formalizado un préstamo hipotecario en los últimos cuatro años, los ejercicios no prescritos fiscalmente, pueden solicitar a Hacienda la devolución de ingresos indebidos, más intereses de demora". Sin embargo, si hace más de cuatro años, "los ciudadanos tendrán que emprender acciones legales contra la entidad bancaria y solicitar la devolución, que no prescribe puesto que el Supremo ha anulado el artículo del impuesto que establecía que eran los clientes bancarios quienes pagaban el tributo".

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