Entre las novedades que incluye la declaración de la renta de este año, cuya campaña arrancará en abril, hay una que interesa especialmente a los que tengan un hijo de no más de tres años. Será en 2019 cuando se comenzará a aplicar la deducción para los padres y madres trabajadores con niños que vayan a una guardería o centros de educación infantil autorizados. La cantidad llegará hasta los 1.000 euros, que se suman a los 1.200 euros que ya se deducen por maternidad.
Así, serán deducibles todos los gastos relacionados con la "preinscripción, matrícula, asistencia en horario general y ampliado y alimentación" siempre que se hayan producido por meses completos, según detalla la Agencia Tributaria. "Para la determinación de este importe no se tendrán en cuenta las cantidades abonadas por la empresa en la que trabajan la madre, padre, adoptante, tutor o acogedor del menor ni las cantidades subvencionadas satisfechas a la guardería o centro de educación infantil", explica.
Noticia relacionada
Devolución del IRPF por maternidad: pasos, fechas y requisitos para solicitarlaEs decir, que estas cantidades no se restarán del coste total, con lo que para el cálculo de la deducción se tendrá en cuenta todo el importe, independientemente de si la empresa del progenitor subvencione una parte. Además, al solo tenerse en cuenta los meses completos, el cálculo se hará de forma proporcional al número de meses que el niño esté inscrito en la guardería, junto con las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y el importe total del gasto efectivo del centro.
Aunque esta medida estaba incluida ya en los Presupuestos de 2018, no será hasta este 2019 cuando empezará a notarse. Esta deducción se aplicará por primera vez en las declaraciones del IRPF de este año y podrán beneficiarse de ella todos aquellos que hayan trabajado durante 2018 y tenga un hijo de entre 0 y 3 años.
Son los centros educativos los que están obligados a presentar toda la documentación
Si el hijo ha estado inscrito en un centro de educación infantil después de haber cumplido los 3 años, esta parte también será deducible hasta el mes anterior a haber empezado el segundo ciclo de infantil. Con esto, si un niño cumpliese, por ejemplo, en febrero, pero hasta septiembre no comienza el otro curso, los padres tienen derecho a deducirse esos meses.
Sin embargo, los padres y madres no tendrán que preocuparse de nada, ya que son los centros educativos los que están obligados a presentar toda la documentación. Únicamente tendrán que señalar la casilla que se incluirá en la declaración de la renta aquellos que tengan derecho a esta deducción y Hacienda ya se encargará de hacer la comprobación correspondiente.
"Para la práctica de esta deducción estatal no es necesario aportar ningún justificante emitido por la guardería o centro de educación infantil autorizado. Solamente es necesario que la guardería o centro de educación infantil autorizado presenten correctamente la declaración informativa, modelo 233", expone la Agencia Tributaria. Para esto, el plazo se amplía este año de manera excepcional, al ser el primero, hasta el 15 de febrero, pero Hacienda recuerda que en los años sucesivos solo se podrá realizar durante enero.