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La campaña de la Renta 2022 comienza este 11 de abril, cuando podrán empezar a presentarse por Internet los borradores correspondientes al ejercicio del año pasado. Es por esto que la consultoría financiera EFPA España ha elaborado una lista informativa de ocho puntos con consejos a tener en cuenta antes de realizar la declaración de la renta 2022.

1. Tener presentes los plazos establecidos, ya que la campaña empieza el 11 de abril para la presentación de borradores a través de internet, pero hasta el 5 de mayo no se activa la atención telefónica y el 1 de junio comienzan las presentaciones presenciales en las oficinas. El plazo para presentar la declaración finalizará el día 30 de junio.

2. Debes tener en cuenta que el umbral de obligatoriedad para presentar la declaración ha variado si se tienen dos o más pagadores. Este año, en caso de tener más de un pagador, el límite para no realizar la declaración es de 15.000 euros, cuando anteriormente era de 14.000. Además, en caso de que el dinero percibido por parte del segundo pagador y posteriores no alcance los 1.500 euros anuales, la cuantía mínima para realizarla ascenderá a los 22.000 euros, que es la misma que la de cualquier ciudadano con un único pagador.

3. En caso de no cumplir el plazo de presentación, el contribuyente tendrá que asumir una penalización, que dependerá de cuánto tiempo después del cierre se realiza la presentación de la declaración. Si se envía más allá del plazo límite, pero antes de recibir un requerimiento por parte de la Agencia Tributaria (AEAT), deberás hacerte cargo de un recargo del 1% por declaración extemporánea y de otro 1% extra por cada mes de retraso.

A partir de 12 meses, el recargo aumentará al 15% y tendrá intereses de demora. Por último, si la regularización se realiza tras un aviso de la AEAT y la declaración sale a pagar, el recargo será de entre el 50% y el 100% del importe adeudado. Si, por el contrario, la declaración salía a devolver, la multa será de 200 euros, 150 con reducción.

4. Los planes de pensiones también traen novedades en las desgravaciones este año, ya que disminuyen de 2.000 a 1.500 euros anuales. Sin embargo, si contamos con un plan de pensiones de empresa, aumenta de 8.000 a 8.500 euros.

5. Tenemos que tener en cuenta las novedades que se han producido en nuestra vida en el último año, porque algunas pueden influir en nuestra declaración, como pueden ser el cambio de domicilio, del estado civil o el nacimiento de hijos. Esta última opción tendrá efectos directos, pero también debemos pensar en posibles deducciones autonómicas en caso de cambio de domicilio. Además, la persona será considerada residente de España siempre que viva 183 días en el país.

6. Otro de los cambios que se han producido este año es en la deducción por maternidad. A partir de ahora, las mujeres sin empleo con hijos menores de 3 años y una prestación asistencial podrán aplicar la deducción por maternidad. En los años anteriores, este supuesto solo tenía en cuenta a aquellas mujeres que desarrollaran alguna actividad profesional. La deducción por maternidad asciende a 100 euros al mes por cada hijo menor de 3 años y se puede decidir si prefieres percibirlo de forma mensual o anual en un solo pago.

7. En caso de pertenecer a una unidad familiar, el contribuyente deberá tener también en cuenta si prefiere realizar una declaración conjunta o por separado. Se considera una unidad familiar tanto un matrimonio y sus hijos, en caso de tenerlos, como cualquier unidad monoparental, y esta situación debe estar vigente a 31 de diciembre de 2022.

8. Por último, EFPA España aconseja comprobar la declaración antes de entregarla, para lo que considera recomendable utilizar los simuladores que la Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente y que permiten ver qué alternativa es más recomendable para cada caso. Además, buscar asesoramiento puede ser útil para resolver cualquier duda.

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