• Los dividendos de algunas empresas podrían adelantarse a diciembre para evitar el impacto
  • La aportación máxima al plan de pensiones que desgrava se reduce, aporta todo lo que puedas ese año
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A partir de 1 de Enero de 2015 entra en vigor la nueva reforma fiscal, que abarca distintos aspectos. Entre ellos algunos que afectan a los inversor de forma especial e impactarán sobre el pago de impuestos por las ganancias en Bolsa, también por ganar dinero con los dividendos o la reducción de impuestos por las aportaciones a los planes de pensiones.

Los expertos de Self Bank analizan el efecto de la nueva regulación en las inversiones y, concluye, por ejemplo, que “si eres un inversor que no necesita liquidez a corto plazo, puede ser más conveniente para ti esperar a 2015 para vender tus acciones”; o “muchas compañías españolas están pensando en adelantar el tradicional reparto de dividendo de enero a diciembre, para que esa retribución pueda acogerse a la exención”; o “si te interesan fiscalmente los planes de pensiones, aprovecha este año para hacer la máxima aportación”.

TRIBUTACIÓN DE LAS PLUSVALÍAS Y MINUSVALÍAS

1) Tributación actual:

- Pérdidas y ganancias generadas en menos de un año: se integran en la base imponible general, tributando al tipo personal que va entre el 24% y el 52%.

- Pérdidas y ganancias generadas en más de un año: se integran en la base imponible del ahorro, tributando al 21% hasta 6.000 euros; al 25% hasta los 24.000€ siguientes y al 27% en la ganancia que exceda de esa cuantía.

2) Tributación a partir de 2015

Ya no se distingue entre ganancias y pérdidas patrimoniales generadas a menos o a más de un año y todas las plusvalías y minusvalías se integrarán en la base imponible del ahorro, tributando al 20% hasta 6.000 euros; al 22% hasta los 50.000 euros siguientes y al 24% en la ganancia que exceda de esa cuantía.

COMPENSACIÓN DE LAS PLUSVALÍAS Y MINUSVALÍAS

La actual ley es más rígida en este tema, advierten los expertos, porque establece compartimentos estancos entre distintos tipos de activos: las ganancias o pérdidas patrimoniales no pueden compensarse con los rendimientos del capital mobiliario; las ganancias y pérdidas patrimoniales a menos de un año no pueden ser compensadas con las generadas en más de un año. Pero, destacan que a partir de ahora, habrá más flexibilidad, lo que tendrá un impacto positivo en el inversor.

DIVIDENDOS

“En el año 2015 se elimina la exención de los primeros 1.500 euros cobrados en dividendo, de modo que tendrás que tributar desde el primer céntimo que recibas en este concepto”, avisan en Self Bank, que creen que muchas compañías españolas están pensando en adelantar el tradicional reparto de dividendo de enero a diciembre, para que al menos esa retribución pueda acogerse a la exención.

En el caso de los dividendos en acciones, con la tributación actual lo más interesante desde el punto de vista fiscal es la venta de los derechos a la propia empresa, ya que esta opción tiene el tratamiento de dividendos, por lo que los primeros 1.500 euros estaban exentos. Pero a partir de ahora, con el cambio, la opción fiscalmente más ventajosa será el canje de derechos por nuevos títulos (con ella, se difiere el pago de impuestos hasta que vendamos las acciones).

PLANES DE PENSIONES

Una de las principales ventajas de los planes de pensiones es que lo que aportes reduce tu base imponible, por lo que en función de tu tipo marginal puedes ahorrarte (con los tipos actuales) hasta 520 euros por cada 1.000 euros aportados. Esta ventaja se mantiene, pero los límites máximos de aportación se reducen.

En la ley actual, puedes hacer una aportación máxima de 10.000 euros anuales o 12.500 euros si tienes más de 50 años; a partir del año que viene, la aportación máxima se reduce a 8.000 euros, independientemente de la edad. “De este modo, si te interesan fiscalmente los planes de pensiones, aprovecha este año para hacer la máxima aportación, ya que el año que viene dicha cantidad se reduce sensiblemente”, aconsejan.

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