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La DANA que atraviesa la península ha provocado importantes daños a uno y otro lado de la Península. Las provincias de Toledo y Cuenca, el litoral mediterráneo y la Comunidad de Madrid han sido algunos de los territorios más afectados por las lluvias torrenciales y sus efectos, que han provocado la muerte de dos hombres y varios desaparecidos, que los servicios de emergencia ya están tratando de localizar. Asimismo, las precipitaciones torrenciales también han provocado miles de daños en viviendas, comercios, vehículos, campos de cultivo y un largo etcétera. ¿Se pueden reclamar al seguro?

Según explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), las aseguradoras consideran riesgos extraordinarios los causados por fenómenos de la naturaleza (huracanes, terremotos, inundaciones…) o actos de terrorismo, entre otros. No obstante, añaden, estos riesgos no son asumidos por las aseguradoras privadas, sino por el Consorcio de Compensación de Seguros, un organismo público que funciona como aseguradora frente a esos sinistros causados por hechos extraordinarios. Sin embargo, el Consorcio solo responde si el usuario tiene previamente contratado un seguro.

"Ante el temporal y las inundaciones, en aquellas zonas donde se hayan dado las condiciones establecidas para un riesgo extraordinario por el Consorcio de Compensación de Seguros, este organismo será quien se haga cargo de las indemnizaciones para los vehículos y viviendas, siempre que estén asegurados y, en el caso de los automóviles, aunque solo sea con la Responsabilidad Civil", indican desde la OCU.

De igual modo, la Organización explica que si se sufren daños que no provengan de un riesgo extraordinario, conviene revisar el seguro ya que podría hacerse cargo de dichos desperfectos si se tiene contratada la "cobertura adecuada". En el caso de automóviles, por ejemplo, podrán reclamar los daños a las compañías de seguro los usuarios que tengan contratado un seguro de daños propios en la modalidad de todo riesgo (donde normalmente están cubiertos los daños por granizo como impacto o choque de objetos).

Respecto a las viviendas, añaden, hay algunos riesgos y fenómenos de la naturaleza que sí están cubiertos por el seguro de hogar cuando no llegan a los límites de intensidad a partir de los que interviene el Consorcio.

Así, la OCU señala que, si se sufren daños por un temporal, se deben revisar las condiciones del seguro contratado y reclamar. Si el siniestro es "claramente extraordinario debe comunicarse "inmediatamente" al Consorcio a través de la web www.consorseguros.es; si no está claro, añaden, es aconsejable comunicarlo también a la aseguradora.

"Es importante recopilar todas las pruebas que puedas para demostrar el origen y consecuencias del daño (desde recortes de periódicos, fotos, informes de emergencias, policia, protección civil, bomberos...) y, si es posible, busca testigos", concluyen.

LLUVIAS, INUNDACIONES, GRANIZO… DISTINTAS COBERTURAS

Por su parte, la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), el Consorcio de Compensación de Seguros y Agroseguro recuerdan que cada fenómeno natural está cubierto por diferentes actores y que algunos daños no tienen por qué ser indemnizados si no se cumplen ciertas condiciones.

En el caso de daños por lluvia, será la aseguradora quien deba cubrir los daños causados por las precipitaciones y Agroseguro en el caso de que sea un campo de cultivo el que sufra desperfectos. Sin embargo, recuerdan que solo serán indemnizados aquellos daños "directos producidos por efectos del agua por encima del umbral fijado" en el seguro y cuyo origen "no sea una falta de mantenimiento o deterioro paulatino". Asimismo, estos actores advierten que la intensidad del fenómeno "será contrastada con un servicio meteorológico público por la aseguradora".

Si los daños sufridos son por una inundación, el responsable de indemnizar al usuario cambia dependiendo de lo que se haya asegurado. El Consorcio de Compensación de Seguros será el responsable de indemnizar al usuario en el caso de que se produzcan lesiones o el fallecimiento de una persona, así como de los daños que sufran bienes materiales asegurados. Si es un campo de cultivo, un arbolado o una cabaña ganadera el bien asegurado, tocará reclamar a Agroseguro.

En caso de que los daños sean resultado de rachas de viento, el Consorcio será el encargado de indemnizar las lesiones y fallecimientos por impactos de objetos y los daños en bienes asegurados por aquellos vientos de más de 120 kilómetros por hora (km/h) o tornados de cualquier fuerza, cuya intensidad debe ser certificada por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET). De igual modo, las aseguradoras se harán responsables de los daños "entre el umbral que fija el seguro y hasta 120 km/h". Nuevamente, los daños en cosechas, arbolados y cabañas ganaderas serán indemnizados por Agroseguro.

A su vez, en el caso de que los daños sufridos sean por granizo o por el deshielo "en forma de filtraciones sobre el riesgo asegurado cuyo origen no sea una falta de mantenimiento o deterioro paulatino", corresponderá a la aseguradora indemnizar al usuario cuyos bienes han sido dañados. Asimismo, Agroseguro deberá indemnizar aquellas cosechas y arbolados dañados por pedrisco.

Por otro lado, UNESPA, el Consorcio y Agroseguro recuerdan que las ayudas públicas "son compatibles con las indemnizaciones que correspondieran en virtud de un seguro sin que en ningún caso el importe total de todos los pagos pueda superar el valor del daño producido. Asimismo, el Plan de Seguros Agrarios "especifica que todo lo que es susceptible de ser asegurado no es objeto de ayudas públicas".

Por último, estos actores recuerdan que los usuarios deben ponerse en contacto, en función de quien sea el responsable de la indemnización, a través de las webs www.consorseguros.es, www.agroseguro.es, así como de la aseguradora o mediador de seguros con el que se tiene contratada la cobertura.

DISPOSITIVO ESPECIAL DE CATALANA OCCIDENTE

En este contexto, Grupo Catalana Occidente ha anunciado la puesta en marcha de un dispositivo especial para los afectados por las intensas lluvias provocadas por la DANA. El grupo asegurador, a través de sus compañías Seguros Catalana Occidente, Plus Ultra Seguros, Seguros Bilbao y NorteHispana Seguros, ofrecerá a sus clientes asistencia telefónica para resolver sus dudas sobre los efectos del temporal

Adicionalmente, los clientes de las compañías de GCO, que próximamente se fusionarán bajo la nueva marca Occident, disponen de atención telefónica para trasladar sus consultas a través de los siguientes números de teléfono:

- Los clientes de Seguros Catalana Occidente pueden llamar al 932 22 02 12.

- Los clientes de Plus Ultra Seguros pueden llamar al 917 83 83 83.

- Los clientes de Seguros Bilbao pueden llamar al 946 42 12 41.

- Los clientes de NorteHispana Seguros pueden llamar al 935 12 61 11.

Por su parte, GCO ha reforzado la red de peritos que valoran y evalúan los daños provocados por el temporal en las zonas afectadas. Además, en las zonas de difícil acceso, se ofrece al cliente la posibilidad de realizar la peritación a distancia, más conocida como videoperitación.

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