El Tribunal Supremo ha revocado la sentencia de 'La Manada' y ha elevado las condenas para los cinco acusados a 15 años de prisión y 100.000 euros de indemnización por un delito continuado de violación, admitiendo así los recursos de la Fiscalía, la víctima y las acusaciones populares que ejercen el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra, que pedían que fuesen condenados por un delito de agresión sexual, y no de abuso.
El fallo ha sido anunciado tras una deliberación de más de dos horas, que ha comenzado justo después de que concluyera la vista pública en la que los cinco magistrados de la Sala han escuchado los argumentos de acusaciones y defensas. Tras esta deliberación, el alto tribunal considera que lo ocurrido en los Sanfermines de 2016 fue agresión sexual y no abuso, que es el delito por el que tanto la Audiencia Provincial como el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) habían condenado a 9 años de cárcel a José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Pozas y Alfonso Jesús Cabezuelo. A uno de ellos, concretamente a Guerrero, le impone dos años más por el robo con intimidación del móvil de la víctima.
Con el fallo del Supremo, la sentencia contra 'La Manada' ya es firme, pero el encargado de ejecutar las penas deberá ser el tribunal enjuiciador, esto es, la Audiencia Provincial, que citará previsiblemente a los condenados para comunicarles que deberán ingresar en prisión. Hay que recordar que la sentencia con los argumentos completos del Supremo tardará unas semanas pero, en un comunicado hecho público para dar a conocer el fallo, los magistrados adelantan algunas de sus conclusiones.
El #TS considera los hechos ocurridos en Pamplona el 6 de julio de 2016 constitutivos de un delito continuado de violación e impone una pena de 15 años de prisión a los cincos acusados pic.twitter.com/E2qrYXi8tt
— Poder Judicial (@PoderJudicialEs) 21 de junio de 2019
Por ejemplo, señalan que "el relato fáctico describe un auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados". Es más, los magistrados apuntan que la víctima sufrió una "situación intimidante" que hizo que "adoptara una actitud de sometimiento, haciendo lo que los autores le decían que hiciera ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza". También apuntan que los acusados se "aprovecharon" de esta circunstancia para atacar a la joven, que sufrió al menos "diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales".
El alto tribunal cree que hubo violación, por lo que aplica, además, dos agravantes. La primera, por el trato vejatorio sufrido por la joven, dado que sufrió penetraciones simultáneas pero además tuvo que aguantar el "alarde" que los acusados hacían de esas prácticas en los vídeos grabados. La segunda, por la actuación conjunta de dos o más personas, "sin que ello implique valorar dos veces una misma situación", dice.
Noticia relacionada
Detenidos cuatro miembros de 'La Manada' tras la sentencia del SupremoAsimismo, el Supremo ha dejado constancia de que la Audiencia de Navarra "erró" al calificar los hechos como un único delito continuado. A su juicio, ante la pluralidad de agresores y de "actos agresivos", habría que haber considerado a los acusados como autores y partícipes de "una pluralidad" de delitos de agresión sexual, lo que habría multiplicado las penas a los acusados. Sin embargo, como ninguna de las partes impugnó esta situación, el Supremo no puede tenerla en cuenta.
ASÍ HA SIDO LA VISTA
La vista ha comenzado este viernes a las 10.30 horas y cada acusación, Fiscalía, víctima, Ayuntamiento de Pamplona y Gobierno navarro, han tenido unos 15 minutos para argumentar por qué solicitaban que la sentencia se elevase a 18 años de prisión para cada uno de los acusados por delito de agresión sexual y no de abuso.
Para a Fiscalía, José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Pozas y Alfonso Jesús Cabezuelo cometieron un delito continuado de violación, ya que recurrieron a una "fuerza intimidatoria suficiente". "No consta en los hechos probados que la víctima consintiera o accediera; no consta que los acusados preguntaran. Con su sola presencia y su actitud constriñeron la actitud de la víctima", ha explicado.
El resto de acusaciones han compartido estos argumentos, aunque el Ayuntamiento de Pamplona ha ido más allá de la intimidación al considerar que los acusados sí aplicaron "violencia" sobre la víctima que, aunque fuera "poca", sí sirvió para "doblegar" su voluntad.
Por su parte, la defensa de 'La Manada' ha pedido la libre absolución para sus clientes y ha cuestionado el relato de los hechos de la sentencia inicial de la Audiencia Provincial de Navarra. Aunque su argumentación no ha calado entre los miembros de la Sala del Tribunal Supremo.