- Los padres serán los responsables civiles en caso de que el "bromista" sea menor de 14 años
Este 28 de diciembre es el 'Día de los Santos Inocentes' y muchos estarán ya pensando en las bromas que van a llevar a cabo. En general, las inocentadas son algo simpático y bien recibido por amigos y familiares, pero hay ocasiones en las que las bromas sobrepasan el límite y pasan de tener ese carácter alegre a ser algo "perseguible por la ley", explican desde Legalitas.
Existen multitud de situaciones en la que se simulan todo tipo de "bromas" para grabar la reacción de otros como son atracos, ataques terroristas, incendios... Un ejemplo claro son los payasos diabólicos que saltaban a los medios hace unos meses.
Existen multitud de situaciones en la que se simulan todo tipo de "bromas" para grabar la reacción de otros
Una "broma" en la que alguien simula que lleva explosivos, que va a provocar un incendio o que va a ponerse a efectuar disparos en un sitio concurrido puede suponer la comisión de un delito recogido en el Código Penal. El "bromista", independientemente de que en realidad sólo lo finja, se enfrentará a una pena de hasta un año de prisión y una multa en caso de que como consecuencia de la broma se produzca una asistencia o salvamento como que acuda al lugar de los hechos la Policía.
Además, aunque la inocentada se realice a una sola persona también puede ser considerado un delito. Si la "broma" tiene una connotación amenazante en la que alguien, especialmente si finge ir armado, pone a la persona en una situación que hace temer por su integridad física, este puede ser imputado "por un delito de amenazas las cuales pudieran llegar a acarrear pena privativas de libertad si ésta se considerase grave".
CUIDADO SI SE RECIBE LA BROMA
Quien hace la broma debe medir no cruzar el límite entre lo legal y lo ilegal. Sin embargo, la persona a quien se le hace la inocentada también deberá andar con pies de plomo, ya que no se puede agredir al "bromista" porque puede resultar ser imputado por un delito de coacciones, vejaciones o, incluso, lesiones si como resultado del ataque se le causan daños físicos.
Además, si quien hace la broma tiene menos de 14 años será "inimputable penalmente", lo que no significa que no haya ninguna consecuencia. Así pues, sus padres serán los responsables civiles si causa algún daño y deberán indemnizar a quien los haya sufrido. Si tienen entre 14 y 18 años en el momento de cometer el delito, sí tendrán responsabilidad penal, aunque serán juzgados en base a la Ley del Menor.
MEMES EN INTERNET
Los memes o las parodias en Internet son otro tipo de bromas que también se pueden ir de las manos, e incluso llegar a ser virales causando en ocasiones graves daños a quienes las sufren.
Los memes o las parodias en Internet son otro tipo de bromas que también se pueden ir de las manos
En este sentido, desde Legálitas recuerdan que la libertad de expresión contemplada en la Constitución Española "no es un derecho absoluto, ya que tiene, entre otros, el límite del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen", que puede ser vulnerado por este tipo de "bromas". Si quien recibe la broma entiende que su derecho ha sido vulnerado en este sentido se pude reclamar una indemnización al autor de la inocentada "por los daños y perjuicios que haya causado".
Este martes los medios de comunicación se hacían eco de una noticia en la que se aseguraba que Burguer King castellanizaba su nombre en España "para generar una mayor proximidad entre la marca y los consumidores españoles". No obstante, esos mismos medios han procedido a desmentir esta afirmación. "Rogamos a los abonados anulen a todos los efectos la información transmitida con este titular al tratarse de una inocentada por parte de la compañía. Lamentamos las molestias", explicaban desde Europa Press.