- Según concluye la Sala de Lo Penal, tendrá que devolver 335.000 euros a tres aseguradoras contratadas
El Tribunal Supremo ha condenado a tres años y seis meses de prisión por un delito continuado de estafa a un hombre que se amputó una mano y simuló un accidente de tráfico para cobrar la indemnización correspondiente a las pólizas que había suscrito con ocho compañías de seguros.
La sentencia del alto tribunal estima de forma parcial el recurso interpuesto por el acusado en tanto le rebaja la pena de prisión de cuatro años interpuesta por la Audiencia Provincial de Castellón pero en todo lo demás hace suyo el criterio del fallo recurrido para condenarle.
En 2007 se cortó la mano con un objeto cortante la mano derecha
Según concluye la Sala de Lo Penal, tendrá que devolver 335.000 euros a tres aseguradoras contratadas, por las acciones judiciales que emprendió tras el accidente para cobrar las pólizas de seguro suscritas --con algunas aseguradoras tenía hasta tres--. El condenado era de profesión agricultor y tenía problemas económicos que le habían llevado al embargo de su vivienda y vehículo.
Los hechos se produjeron en diciembre de 2007 cuando este individuo, no se sabe si solo o con ayuda de terceros, se amputó con un instrumento cortante la mano derecha para cobrar dichas coberturas; se hizo un torniquete para frenar la hemorragia y se dirigió con su coche a una carretera que une las localidades de Nules y Moncófar.
Allí dejó caer el coche por un terraplén y colocó la mano a los pies del asiento del conductor; acto seguido incendió su automóvil con una bolsa de gasolina y avisó a los servicios de emergencias a los que estaba esperando cuando llegó un policía local que lo encontró fumándose un cigarro.
PLAN MAQUIAVÉLICO
La Sala Segunda concluye en su fallo que el acusado ocultó a las distintas aseguradoras que había provocado el siniestro en un plan maquiavélico dado que consiguió que tres de las compañías le abonaran la cantidad que ahora el condenado les tiene que devolver.
"La amputación de la mano tuvo que llevarse necesariamente con anterioridad al presunto accidente y no pudo producirse por acción del regle o barra ni desde la perspectiva de la dinámica de acceso a la mano del acusado ni desde el examen de las concretas características de lesión producida" reza la sentencia que añade que el incendio del vehículo tampoco se produjo de forma accidental sino que fue controlado y a poca velocidad.
Indica que los indicios, plenamente acreditados para condenar, se apoyan en el perfil de riesgo del acusado, que no justifica la contratación de tantas pólizas en tan poco tiempo y se basa también en su situación económica porque considera impropio que una persona con tales deudas contrate tantos seguros.