El consejo de administración de Vidrala ha acordado el desembolso de un dividendo en efectivo a cuenta de los resultados del ejercicio 2023 de 1,0180 euros brutos por acción, así como llevar a cabo un programa de recompra de acciones propias por un importe máximo de 33 millones.
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El dividendo se abonará el próximo 15 de febrero de 2024. El último día de negociación de la acción con derecho al cobro (ex-date) será el 13 de febrero de 2024, y la fecha en la que se determinaran los titulares inscritos con derecho a percibir el dividendo (record date) es 14 de febero.
El dividendo efectivo a percibir por el accionista en este primer reparto de los resultados del ejercicio 2023 representa un incremento del 15% con respecto a la misma distribución del año anterior.
"Si bien, incorporando el efecto de las nuevas acciones asignadas gratuitamente tras la ampliación de capital liberada, cada accionista vería incrementada la remuneración bruta en efectivo en un 20% respecto al año anterior", hamatizado la compañía.
El crecimiento del dividendo es "coherente con la política de remuneración al accionista desarrollada por Vidrala" enfocada hacia el largo plazo, la estabilidad y la mejora sostenida de la retribución anual en función de las condiciones del negocio.
En cuanto al programa de recompra, la sociedad prevé comprar acciones en el mercado hasta acumular aproximadamente un 1% del capital social. En consecuencia, se adquirirán hasta un máximo de 330.000 acciones, por un importe efectivo máximo de 33 millones de euros.
El programa tendrá una duración máxima de doce meses, aunque Vidrala se reserva el derecho a finalizarlo si, con anterioridad a la fecha límite de vigencia, hubiera adquirido acciones por un precio de adquisición que alcanzara el importe efectivo máximo o el número máximo de acciones autorizado por el consejo de administración, o si concurriese alguna otra circunstancia que así lo aconsejara.
El objeto del programa es el de reducir el capital social de la sociedad mediante amortización de acciones propias, con la finalidad de contribuir a la política de retribución al accionista mediante el incremento del beneficio por acción.
"La sociedad no adquirirá acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: el precio de la última operación independiente; o la oferta independiente más alta de ese momento en el centro de negociación donde se efectúe la compra, cuando las acciones se negocien en diferentes centros de negociación. En lo que respecta al volumen de contratación, la sociedad no adquirirá más del 25% del volumen medio diario –negociado en los veinte días hábiles anteriores a la fecha de cada compra– de las acciones de la sociedad en el centro de negociación en que se lleve a cabo la compra", ha concluido Vidrala.