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Archivo - Una oficina de Unicaja Banco cerrada por la huelga celebrada el 26 de noviembre de 2021.CCOO UNICAJA - Archivo
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Un total de 1.447 trabajadores de Unicaja Banco han solicitado adherirse al Expediente de Regulación de Empleo (ERE) firmado por la entidad y los representantes laborales el pasado mes de diciembre en el marco de la fusión con Liberbank, según los datos de UGT actualizados este viernes.

El acuerdo laboral contemplaba la salida de hasta 1.513 trabajadores, dándose por finalizado si se alcanzaban las 1.314 salidas voluntarias.

Dado que ya se ha alcanzado dicho mínimo y que la voluntariedad es el criterio prioritario de admisión al ERE, los sindicatos celebran que el ajuste se ejecutará finalmente sin necesidad de aplicar medidas de extinción forzosa.

El periodo de adhesión para los empleados que quieran apuntarse voluntariamente al ERE comenzó el 15 de diciembre y permanecerá abierto hasta el 15 de enero, de forma que los interesados todavía cuentan con una semana más para desvincularse de la entidad bajo las condiciones pactadas por Unicaja y los sindicatos.

Una vez se cierre el plazo de adhesión, se abrirá un periodo de 30 días para que la entidad comunique si las solicitudes han sido aceptadas o si se han rechazado por haber superado el número máximo de extinciones previsto, tal y como recoge el acuerdo.

Unicaja podrá informar de la fecha concreta de extinción del contrato en el momento de aceptar la solicitud o fijarla para un momento posterior, que comunicará con un preaviso mínimo de 30 días.

El plazo de ejecución de las medidas será hasta el 31 de diciembre de 2024 y corresponderá al banco la determinación de la fecha concreta de extinción del contrato de cada afectado por el despido colectivo y por la movilidad geográfica.

CONDICIONES ECONÓMICAS DE LAS SALIDAS

Las condiciones económicas de las salidas dependen del tramo de edad al que pertenezca el empleado y de su antigüedad en el banco.

Los empleados de más de 63 años que se acojan al ERE percibirán una indemnización de 20 días de salario total por año de servicio con un tope de doce mensualidades.

Los trabajadores de entre 54 y 62 años y con una antigüedad mínima de 10 años podrán prejubilarse con el 65% del salario bruto anual hasta los 63 años de edad, descontada la prestación por desempleo y con convenio especial con la Seguridad Social. Aquellos de 54 y 55 verán su contrato extinguido al cumplir 56 años.

Los empleados de entre 50 y 53 años que tengan una antigüedad mínima de 10 años podrán salir con una indemnización del 65% del salario bruto anual, descontando la prestación por desempleo. Esta indemnización puede percibirse de una sola vez o en forma de renta mensual. El resto de los trabajadores recibirá 40 días de salario por año trabajado, con un límite de 36 mensualidades.

Los empleados que se apunten voluntariamente al ERE obtendrán, además 1.500 euros por cada tres años de antigüedad en el banco, así como unas indemnizaciones adicionales de entre 6.000 y 15.000 euros en función de la antigüedad. Con independencia de estas reglas, los trabajadores con antigüedad superior a 15 años tendrán garantizada la percepción de una indemnización total por importe de, al menos, tres anualidades de salario fijo bruto.

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