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La Unión Europea ha acordado este martes dar seis meses a contar a partir del Brexit a las compañías como Iberia, cuya licencia de vuelo intraeuropea peligra por el divorcio británico, para que encuentren una solución que les permita seguir operando entre destinos europeos tras la salida de Reino Unido, cuando sólo podrán hacerlo aerolíneas cuyo control efectivo y propiedad sean mayoritariamente europeos.
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IAG puede forzar a sus accionistas no europeos a vender en 10 días por el BrexitLos equipos negociadores del Parlamento europeo y de los Veintisiete han cerrado este martes un principio de acuerdo sobre las medidas de contingencia para reducir los daños en el sector aéreo en caso de que fracasen las negociaciones para un divorcio ordenado y se produzca un Brexit caótico el próximo 29 de marzo.
En los últimos meses, el Gobierno español había intensificado sus contactos con la Comisión Europea para buscar una fórmula con la que resolver la situación, pero Bruselas mantenía que la solución debe llegar antes de la fecha del divorcio.
Sin embargo, la Eurocámara planteó dar a las compañías en esta situación un plazo adicional de un año para que presenten su plan (hasta marzo de 2020) y los Veintisiete apostaban más bien por una prórroga de siete meses, es decir, hasta el 29 octubre de este año.
Finalmente, el consenso logrado entre los negociadores del Parlamento y de los Estados miembros supone que las aerolíneas deberán cumplir "plenamente" con las exigencias comunitarias "a más tardar en un plazo de seis meses, a partir de la aplicación del reglamento".
Para acogerse a esta excepción, las compañías aéreas dispondrán de dos semanas a partir de la entrada en vigor del Reglamento para presentar un plan "pormenorizado y completo" de las medidas que proyectan tomar para lograr esa adaptación.
Las reglas comunitarias establecen que las licencias de explotación para vuelos dentro de la Unión Europea se asignen a compañías cuyo "control efectivo" recaiga sobre un Estado miembro o sus nacionales y que la "propiedad" del 50% más una de las acciones sea también europea.
El Ejecutivo comunitario tiene dudas de que la aerolínea Iberia --integrada en el 'holding' IAG del que también son parte British Airways, Vueling y Aer Lingus-- cumpla con estas exigencias de control y propiedad mayoritariamente española y ha pedido a las autoridades nacionales que aclaren la situación.
CONDICIONES PARA LAS AEROLÍNEAS BRITÁNICAS
El principio de acuerdo, pendiente aún del visto bueno formal de la Eurocámara y los Veintisiete, incluye otras medidas de contingencia para permitir temporalmente que las compañías aéreas con licencia británica presten servicios básicos de transporte aéreo entre el Reino Unido y los países de la UE.
Estos derechos estarían supeditados a que Reino Unido otorgase derechos equivalentes y al respeto de condiciones que garanticen una competencia leal. El plan prevé darles siete meses para asegurar la continuidad de los servicios públicos mientras las autoridades nacionales realizan las adaptaciones que requiere la nueva situación.
Quedarán autorizados, en determinadas condiciones, acuerdos limitados de código compartido y de arrendamiento de aeronaves, incluido el arrendamiento con tripulación.