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El Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 300.000 euros impuesta a Jaime Botín, expresidente de Bankinter, por el incumplimiento del deber de comunicación y difusión de participaciones significativas en Bankinter, según ha indicado el organismo judicial en un comunicado.
El alto tribunal confirma esta multa al desestimar el recurso presentado por el banquero, hermano del expresidente de Santander Emilio Botín, contra la sentencia de la Audiencia Nacional, que constató que el directivo había cometido una infracción "muy grave". En concreto, mantuvo oculta, durante varios años, una participación accionarial en Bankinter del 8% del capital, que junto a la que tenía declarada, que ascendía al 16%, le permitía ejercer el control sobre la entidad.
El Ministerio de Economía sancionó inicialmente al directivo con 500.000 euros por infringir la Ley del Mercado de Valores al incumplir su deber de comunicación de la participación que mantenía en la entidad, si bien la Audiencia Nacional la rebajó hasta 300.000 euros.
Originalmente, el banquero también fue condenado en octubre de 2013 a pagar una multa de 700.000 euros porque la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) entendió que había cometido una falta "muy grave" y continuada al no haber declarado durante varios años una participación relevante en Bankinter. Esta sanción fue desestimada en diciembre de 2014 por entender que se había "hecho caso omiso" de que el procedimiento sancionador había superado los 18 meses legales, motivo por el cual Economía procedió a la sanción.