• La Audiencia Provicional de Madrid ha desestimado el recurso interpuesto por el Santander
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Banco Santander.
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La empresa demandante afirmaba que había pagado una mayor cantidad por la cancelación anticipada de unos swaps que la que le correspondería por el precio de mercado. La sentencia, que Santander recurrió, daba la razón a la compañía, por lo que el banco finalmente tendrá que pagar 859.378 euros.

Concretamente, Santander ha sido condenado por el "perjuicio patrimonial ocasionado a la parte actora en la suma de 86.532,39 euros por el sobreprecio pagado por la parte actora al cancelar los swaps y el importe de 772.845,85 euros por las llamadas comisiones implícitas o margen financiero", según reza la sentencia.

La empresa, defendida por Zunzunegui Abogados, canceló en agosto de 2010 cinco swaps contratados con Santander y abonó por ello 1,63 millones de euros, siendo la diferencia entre el precio pagado por la cancelación y el precio de mercado unos 86.532,39 euros. Según señala la sentencia, el importe abonado por el cliente es superior al que debería haber sido, es decir, de 1,54 millones de euros.

En 2015, la empresa demandó a la entidad solicitando el pago de 1,23 millones de euros por haber incumplido el banco los contratos de permuta financiera (swap) suscritos con ella.

Santander no habría aplicado el precio de mercado al cancelar los swaps

La compañía alegó que el banco no había aplicado el precio de mercado tanto en la cancelación anticipada como en el momento de contratación inicial de cada uno de los swaps y, en su demanda, no solicitaba la nulidad de los contratos de los swaps, sino su cumplimiento, es decir, que la cancelación de los mismos se hiciera a precio de mercado.

Así, la entidad fue condenada al pago de 859.378 euros por el Juzgado madrileño en una sentencia que más tarde recurrió alegando que no había incumplido el deber de informar del margen financiero percibido -según decía, no existe norma legal que lo imponga-, que la indemnización reclamada carecía de nexo causal con las comisiones implícitas y que no hubo enriquecimiento injusto.

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