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La banca lideraba las subidas en el Ibex al comienzo de la sesión, y ha acabado cerrando la jornada con caídas tras llegar a cotizar con signo mixto. Así han reaccionado las acciones del sector a la decisiva sentencia del Tribunal Supremo, que se ha pronunciado finalmente este miércoles sobre la legalidad de las hipotecas ligadas al Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH).
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Comprar Sabadell es comprar debilidad extrema: a un 10% de los mínimos históricosEl Supremo ha dictaminado que no ve abusividad en estas hipotecas pero sí falta de transparencia. Los detalles de la la sentencia se harán públicos los próximos días.
CaixaBank se ha dejado un 1,18%, Bankia un 0,52%, Bankinter otro 0,41%, BBVA un 1,24%, Sabadell un 1,42% y Santander un 1,65%.
Según informó ayer la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), dos sentencias de la Audiencia Provincial de Baleares fallaron en junio avalando el IRPH, en procedimientos derivados de Targobank, Banco Popular y Caixabank.
Según la asociación, la mayoría de las sentencias sobre el IRPH tras la sentencia europea se deciden a favor del consumidor, pese a que el mapa refleja una notable división entre magistrados. La mayoría de las sentencias dictadas a favor del consumidor sustituyen el IRPH por el Euribor.
El Alto Tribunal se ha reunido este miércoles para abordar cinco recursos admitidos a trámite, a partir de los cuales se espera que quedará condicionada la admisibilidad de los siguientes casos.
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IRPH de las hipotecas: dudas y respuestas antes de la sentencia del Tribunal SupremoEl magistrado de la Sala de lo Civil Francisco Marín Castán comunicó que había estado en contacto estrecho con un positivo en coronavirus y procedió a autoconfinarse, por lo que el pleno del pasado 30 de septiembre quedó suspendido sin nueva fecha hasta ahora. Marín Castán ha pasado la cuarentena sin dar positivo en Covid-19.
La Justicia europea dictaminó el pasado 3 de marzo que el IRPH debe estar sometido al control judicial de los tribunales españoles, quienes deben decidir si se trata de cláusulas abusivas incluidas en contratos hipotecarios.
No obstante, la mayoría de magistrados coincide en que la sentencia de Luxemburgo no terminó de despejar las dudas, sobre todo porque después de que se hiciera pública se han dictado sentencias contradictorias que anulan el índice en primera instancia y luego acaba considerándose válido a escala provincial, o incluso procesos en los que la cláusula se declara abusiva y nula, decretando la subsistencia del contrato pero de forma gratuita.
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Por otro lado, el mismo Pleno tratará el asunto de los acuerdos transaccionales entre cliente y entidad financiera en cláusulas suelo, con renuncia a acciones legales y rebaja de tipos de interés. En este caso, examinará si estos acuerdos son correctos, aclarando así el fallo del pasado 9 de julio del TJUE.
En su sentencia, el Tribunal de Luxemburgo dictó entonces que las cláusulas suelo renegociadas de hipotecas pueden ser examinadas por un juez y declaradas abusivas, así como que es ilegal que los bancos obliguen a los clientes a renunciar a acciones legales tras la renovación del contrato.
Así, el TJUE declaró que la directiva europea no se opone a la renegocación de una cláusula que pueda ser declarada abusiva "siempre que la renuncia proceda de un consentimiento libre e informado por parte del consumidor". En segundo lugar, abrió la puerta a que la propia cláusula que modifica otra potencialmente abusiva de un contrato anterior puede también ser abusiva si no ha sido negociada individualmente.