La cúpula de la extinta Caixa Galicia se librará de sentarse en el banquillo por administración desleal. La Audiencia Nacional ha decidido archivar una de las causas penales que tenía abiertas por financiar operaciones inmobiliarias irregulares dado que el delito se encuentra prescrito. El FROB, tras detectar irregularidades en las operaciones, decidió presentar una denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción, pero lo hizo poco antes de que prescribiera el delito. Cuando la Fiscalía lanzó su querella cuando ya se había cumplido el plazo de prescripción del delito.
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama Teixeira, el mismo que instruye la causa penal de Popular, ha decidido archivar el caso siguiendo el criterio de la Fiscalía, que sugirió dejar de juzgar a la cúpula de la caja (concretamente, a su presidente, tres vicepresidentes y el director general) porque consideraba que el delito de administración desleal por el que se la acusaba estaba prescrito, según publica este martes La Voz de Galicia.
Los hechos por los que se acusaba a Mauro Varela, Jesús Salvador Fernández Moreda, Alfonso Paz-Andrade, Andrés Fernández-Albalat y José Luis Méndez se remontan a 2005, cuando la entidad concedió dos préstamos a Miragolf Playa por importe de 17 millones y 46,6 millones de euros, respectivamente, con vencimiento en 2008 y destinados a la construcción de un complejo turístico en Callosa de Ensarriá.
Estos préstamos se fueron novando en varias ocasiones sin que se realizaran nuevas tasaciones de los bienes dados en garantía, según denunció el FROB, que calcula que el perjuicio económico de esta operación para Caixa Galicia fue de unos 50 millones de euros.
La fecha que se toma como referencia para calcular la prescripción del delito es 2010, que es el momento en el que se novó la escritura de compraventa de dos fincas como dación en pago por los préstamos que la compañía no devolvió a la entidad. Caixa Galicia se extinguió, precisamente, en 2010, cuando se fusionó con Caixanova para dar lugar a NovacaixaGalicia.
El plazo de prescripción de este delito es de cinco años, que no habían pasado cuando el FROB presentó su demanda, pero sí cuando la Fiscalía hizo lo propio con la querella. Por eso, el juez de la Audiencia Nacional ha decidido archivar la causa.