ep edifici on es troba la seu de telefonica madrid espanya
Sede de TelefónicaEduardo Parra - Europa Press - Archivo

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) obliga a Telefónica a mantener tres años más la mayoría de compromisos que le impuso en 2015 al autorizar la compra de DTS, la antigua Sogecable. Sí le exime de uno, el relativo a la adquisición en exclusiva de derechos de emisión en España de contenidos audiovisuales no deportivos de estreno de terceros para su emisión en vídeo bajo demanda.

  • 4,300€
  • 0,84%

La CNMC recuerda, a través de un comunicado, que en 2015, al aprobar la concentración ya puso un plazo de cinco años para ver si los requisitos que impuso a Telefónica se cumplían o no.

Entonces, subordinó la autorización de la concentración audiovisual en tres categorías: compromisos relacionados con el mercado de televisión de pago en España; los relativos a los mercados de comercialización mayorista de contenidos audiovisuales y de canales de televisión en España; y, por último, compromisos relacionados con el acceso a la red de internet de Telefónica. El objetivo, "atenuar los riesgos de la operación de concentración para el mantenimiento de la competencia efectiva en los mercados afectados".

LOS RIESGOS, PERSISTEN

El consejo de la CNMV entiende que "persisten los riesgos para la competencia efectiva identificados en el marco inicial de la concentración y que la situación competitiva de los mercados afectados justifica que se mantengan durante tres años adicionales los compromisos adoptados". El supervisor afirma que ha tenido en cuenta que Telefónica continúa teniendo poder de mercado en la TV de pago, así como el notable crecimiento de la proporción de clientes cuyos servicios de TV de pago están empaquetados con otros servicios de comunicaciones electrónicas. Es decir, los paquetes en los que incluye fibra, móvil y televisión.

En cuanto a los contenidos no deportivos, 'premium' de terceros, la situación sí es diferente a la de 2015, por el auge de plataformas como Netflix o HBO. "Este poder de compra ha quedado erosionado en relación con la situación analizada en 2015. Tal circunstancia justifica la eliminación del compromiso que limitaba en cuanto a la exclusividad, período de vigencia y período de explotación los contratos que Telefónica podría suscribir para ese tipo de contenidos".

Por lo que respecta al mercado de comercialización mayorista de canales de TV, el Consejo de la CNMC considera que Telefónica continúa teniendo un poder de mercado significativo que supone que persistan los riesgos para la competencia detectados en 2015, destacando en particular el riesgo de cierre de mercado a editores de canales. Por ello, Telefónica no podrá resolver anticipadamente los contratos actualmente vigentes cuyo plazo de vigencia finalice dentro del periodo de prórroga. Eso sí, podrán revisar las condiciones por la caída de audiencia.

"Esto se hace con el objeto de atender a posibles variaciones en cuanto al contenido de dichos canales o su atractivo para los clientes de televisión de pago de Telefónica, a través de una negociación de buena fe, en condiciones razonables y no discriminatorias", indica al respecto la CNMC.

Noticias relacionadas

contador