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Presidenta Junta Única de Resolución bancaria, Elke KönigBundesverband Deutscher Banken-Flickr

La Junta Única de Resolución (JUR) ya ha tomado una decisión: no compensará a los afectados por la resolución de Popular. El organismo que preside Elke König ha decidido de forma preliminar, basándose en el tercer informe de Deloitte, que no cabe conceder una compensación a los accionistas y acreedores de Popular. Para tomar una decisión final evaluará los comentarios que los afectados le remitan en las próximas semanas.

El informe, cuya versión no confidencial se ha publicado este lunes, aclara que habrían perdido más con una liquidación del banco. De hecho, explica que las pérdidas en las que habrían incurrido en un hipotético concurso de acreedores habrían sido "sustancialmente mayores" que las que se produjeron tras la decisión tomada por la JUR.

"La JUR decide de manera preliminar, en base a los resultados del informe de 'valoración 3', que no estima compensar a antiguos accionistas y acreedores de Banco Popular cuyos intereses fueron afectados como resultado de la decisión de resolución. Antes de que la JUR tome una decisión final con respecto a la necesidad de conceder la compensación, la JUR inicia ahora el 'derecho de audiencia'", señala el organismo en un comunicado.

Este tercer informe tenía el objetivo de aclarar cuál de los dos escenarios, la liquidación o la resolución, habría resultado más perjudicial para los accionistas de Popular. Hace algo más de un mes ya se hicieron públicas algunas conclusiones del informe, que determinó que los depositantes de Popular habrían perdido dinero si la entidad se hubiera liquidado en lugar de haber ido a la resolución.

UNA CONCLUSIÓN ESPERADA

Era un resultado que cabía esperar. El análisis de Deloitte concluye que con una hipotética liquidación no solamente los accionistas y algunos tenedores de bonos habrían perdido su dinero, sino que también lo habrían hecho los depositantes con más de 100.000 euros en la entidad, pues el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) protege cantidades inferiores. Además, explica que los accionistas y el resto de acreedores habrían sufrido un coste dos veces superior.

Así, la Junta Única de Resolución (JUR) finalmente no se verá obligada a compensar a los afectados por haber decidido resolver el banco, algo que solamente habría ocurrido si este documento hubiera concluido que una hipotética liquidación habría sido menos perjudicial para los afectados.

Este documento es el tercer informe que realiza Deloitte para la JUR en el marco de este proceso. En febrero se publicó con algunas partes censuradas el primero de ellos, el que la autoridad europea utilizó como base para analizar la viabilidad del banco. Este documento establecía tres escenarios de valoración, al que siguió un segundo que suponía una revisión del primero.

LOS AFECTADOS PODRÁN ENVIAR COMENTARIOS SOBRE ESTA DECISIÓN

Una vez publicada la decisión, la JUR abre ahora un periodo de derecho de audiencia, durante el cual los afectados por la resolución de Popular pueden registrarse para enviar comentarios, pero deberán demostrar que fueron afectados por la resolución.

Para ello, deberán presentar una prueba de identidad válida y otra sobre el título de propiedad de los instrumentos que fueron amortizados o convertidos y transferidos. El periodo de registro está abierto hasta el próximo 14 de septiembre a las 12.00 horas.

Después de que la JUR verifique la identidad y la propiedad de estos afectados, se abrirá una segunda fase en la que evaluará las solicitudes de registro. En esta fase, los afectados podrán expresar por escrito a través de una plataforma electrónica sus comentarios sobre la decisión de la JUR de no compensarles por la resolución de Popular.

Estos comentarios serán evaluados por la JUR y tenidos en cuenta para la decisión final sobre este tema que tomará la autoridad europea sobre si debe concederles una compensación.

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