• El argumento de la confidencialidad no puede justificar una denegación de acceso a los documentos utilizados, señala
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Aeris Invest, vehículo de inversión del Grupo Luksic, ha solicitado formalmente mediante el envío de una carta a la JUR (Junta Única de Resolución) el texto íntegro por el que el pasado 7 de junio se dispuso la resolución sobre Banco Popular. Esta decisión se basa en el hecho de que el texto completo es "imprescindible" para poder ejercer plenamente los derechos de defensa. En el momento de la resolución, Grupo Luksic poseía un 3,45% del capital de la entidad.

El grupo considera que la publicación el pasado día 11 de julio de la versión no confidencial de dicho documento es "una nueva muestra de la absoluta falta de transparencia con la que se procedió a resolver a Banco Popular, al omitir gran cantidad de información". Esto, añade, "dificulta y limita el derecho a la tutela judicial efectiva para la presentación de un recurso contra la resolución". El derecho al recurso queda recogido en la Directiva –y posterior desarrollo reglamentario– por la que se establece un marco para la reestructuración y resolución de entidades de crédito.

Aeris considera además que el argumento de la confidencialidad no puede justificar una denegación de acceso a los documentos utilizados por la JUR para determinar la resolución. Según dicta una sentencia del propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), “la obligación de secreto profesional no tiene un alcance tal que pueda justificar una denegación de acceso genérica y abstracta a los documentos” y “la apreciación de la confidencialidad de una información exige contrapesar, por una parte, los intereses legítimos que se oponen a su divulgación y, por otra, el interés general que exige que las actividades de las instituciones comunitarias se desarrollen de la forma más abierta posible”, recuerda Grupo Luksic.

Por otro lado, la confidencialidad aducida por parte de la JUR tiene por finalidad proteger a las entidades antes de su posible resolución por lo que, una vez que ésa se ha producido, no tiene sentido seguir alegando dicho principio. Y, aún en el caso de que así fuera, Grupo Luksic considera que tendría derecho a recibir esa información declarada confidencial en su condición de anterior accionista de Grupo Popular.

Aeris Invest entiende que es imprescindible una mayor transparencia por parte de este organismo "recién creado" sobre los criterios aplicados, los datos en los que se basó y la forma en la que interpretó las normas aplicables. "La ausencia de transparencia por parte de un organismo con unas competencias exorbitantes arroja importantes dudas sobre el entorno jurídico para los potenciales inversores en el sector bancario", concluye el grupo.

Aeris Invest, que alcanzó el pasado 6 de junio una participación en Banco Popular del 3,45%, ha presentado ya recurso contencioso-administrativo contra el FROB y está pendiente de presentar también recurso contra la JUR en el TJUE.

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