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Consejo de Ministros extraordinario (29 de marzo)Moncloa

El Gobierno ha publicado este domingo, minutos antes de la media noche, el decreto ley por el que se regula el cierre de las actividades no esenciales durante dos semanas, así como el permiso retribuido recuperable que recibirán los trabajadores afectados por la medida. En él se especifica que todas aquellas empresas que no puedan parar "de inmediato" su actividad podrán abrir este lunes pese al cierre dictaminado desde el 30 de marzo al 9 de abril, ambos inclusive.

Según explica el Gobierno en el mencionado decreto, que ya se puede consultar en el Boletín Oficial del Estado (BOE), "en aquellos casos en los que resulte imposible interrumpir de modo inmediato la actividad, las personas trabajadoras incluidas en el ámbito subjetivo de este real decreto ley podrán prestar servicios el lunes 30 de marzo de 2020 con el único propósito de llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar de manera irremediable o desproporcionada la reanudación de la actividad empresarial".

Es decir, que los trabajadores de los sectores considerados como no esenciales y que, por tanto, deberían cesar su actividad según la orden de endurecimiento del confinamiento, podrán acudir a sus puestos de forma normal este lunes para dejar todo cerrado de cara al cerrojazo decretado por el Ejecutivo. Una moratoria de 24 horas que tanto la oposición como los empresarios habían empezado a reclamar a través de las redes sociales, visto lo que tardaba el gabinete de Pedro Sánchez en publicar el decreto con los detalles, ya que este domingo se había filtrado un borrador que ha resultado modificado en alguno de sus puntos.

Asimismo, se establece que aquellas personas trabajadoras del ámbito del transporte que se encuentren realizando un servicio no incluido en el real decreto-ley en el momento de su entrada en vigor, este domingo con la publicación en el BOE, "iniciarán el permiso retribuido recuperable una vez finalizado el servicio en curso", incluyendo como parte del servicio, en su caso, la operación de retorno correspondiente.

La norma, además, fija que las empresas que deban aplicar el permiso retribuido recuperable regulado podrán, en caso de ser necesario, establecer el número mínimo de plantilla o los turnos de trabajo "estrictamente imprescindibles" con el fin de mantener la actividad indispensable. Esta actividad y este mínimo de plantilla o turnos tendrá como referencia la mantenida en un fin de semana ordinario o en festivos, detalla el Gobierno.

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