Considera que supondría "validar una quiebra del modelo a través de un mecanismo inadecuado"

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el plan director del Ayuntamiento de Madrid para el desarrollo del sureste de la capital, al considerar que supondría un nuevo marco territorial que sustituiría "el modelo económico, ambiental y productivo actual", algo que "la ley no permite".

Así consta en una sentencia, en la que el Alto Tribunal madrileño estima el recurso presentado por la mercantil Metrovacesa contra el acuerdo de 25 de enero 2018 dictado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprobó el Plan Director de la Nueva Estrategia de Desarrollo del Sureste, cuya nulidad queda declarada.

La sentencia, susceptible de recurso de casación, concluye que "el acuerdo implica una modificación sustancial y encubierta del Plan General" y "constituye una auténtica revisión del mismo, que no es delegable en el Ayuntamiento ni le había sido delegada, lo que, por otra parte, en nada afecta a la autonomía municipal, que el Ayuntamiento sólo ostenta dentro de la legalidad".

"Legalidad que supera con su intención y aprobación con quiebra clara del procedimiento legalmente establecido en la ley para alcanzar dicho fin, eludiendo el cumplimiento de trámites esenciales e informes que servirían de sustento a dicho modelo", añade.

La sentencia llega después de que a finales de enero el Consistorio diera vía libre para la firma del texto inicial del Convenio Urbanístico para la Gestión del Suelo Urbanizable en Los Berrocales, el ámbito más extenso de la ciudad que se encuentra situado al sureste.

Metrovacesa recurrió el citado Plan Especial porque, entre otros motivos, la estrategia territorial es contenido necesario de los Planes Generales de Ordenación, por lo que sólo puede ser establecida y modificada por éstos siguiendo en todo caso el procedimiento legalmente establecido para la elaboración de los mismos.

La Sala considera que el Ayuntamiento "supera, con su intención y aprobación con quiebra, clara, del procedimiento legalmente establecido en la Ley del Suelo de la Comunidad para alcanzar dicho fin, eludiendo el cumplimiento de trámites esenciales e informes que servirían de sustento a dicho modelo".

CIUDAD ALTERNATIVA.

Ahora, los magistrados concluyen que el plan supone "una planificación territorial, funcional y material de una parte del territorio de la ciudad alternativa" a la prevista en el Plan General para la capital de 1997, revisado en 2013, al margen de la legalidad.

A juicio de los magistrados, su aprobación constituye la puesta en marcha de un nuevo marco territorial en esta amplia zona de la ciudad que pretende sustituir, no parcialmente sino en su integridad, "el modelo económico, ambiental y productivo actual, lo que la ley no permite".

Según la sentencia, aprobar la actuación prevista por el Ayuntamiento de Madrid en el citado Plan Director, que afecta a los sectores de Valdecarros, Cantiles del Manzanares, Los Cerros, Ensanche de San Fernando y la Nueva Centralidad del Este, además de los Ahijones y Los Berrocales, supondría "validar una quiebra del modelo a través de un mecanismo inadecuado y contrario a las disposiciones legales que determinan la forma en que dicha alteración debe llevarse a cabo".

En esta línea, la Sala señala que "partiendo de la diferenciación entre las nociones de revisión y modificación de planeamiento, en determinados casos la acumulación y suma de alteraciones llevadas a cabo, apreciadas en su conjunto deben ser entendidas, como aquí ocurre, como revisiones encubiertas, porque alteran y en ocasiones defraudan el esquema o modelo urbanístico previamente adoptado que, en definitiva, es lo que se pretende con el denominado Plan Director, aun cuando se quiera derivar en futuras actuaciones".

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