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Brexit.- España tendrá dos meses para validar el plan de Iberia para seguir volando en la UE pese al 'Brexit'EUROPA PRESS - Archivo

España tiene de plazo dos meses para validar los planes de las dos compañías y que puedan seguir volando

MADRID, 12 (EUROPA PRESS)

Iberia y Vueling, compañías del grupo IAG, han entregado ya a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), organismo adscrito al Ministerio de Fomento, sus respectivos planes de contingencia ante un escenario de 'Brexit' duro, dentro del plazo que se había fijado para ello, según han confirmado a Europa Press en fuentes del 'holding' aéreo, que han evitado dar detalles específicos de su contenido.

"No proveemos detalles específicos, pero reiteramos que tenemos la convicción de que cumpliremos con la normativa aplicable sobre propiedad y control en la Unión Europea, después del 'Brexit'", ha asegurado una portavoz de la matriz de Iberia y Vueling, que agrupa también a British Airways (BA) y Aer Lingus.

Ambas aerolíneas hicieron llegar el pasado miércoles sus planes al regulador competente en España, la AESA, como compañías con licencia de operador aéreo emitida en España, un día antes de que expiraba el plazo.

La AESA tendrá dos meses, hasta el 12 de junio, para evaluar los planes de contingencia presentados por Iberia y Vueling, que convenzan a Bruselas de que tras el 'Brexit' seguirán cumpliendo las exigencias comunitarias que permiten operar rutas entre destinos de la Unión Europa. Según explican desde este organismo, será la AESA la que eleve su informe directamente a la Comisión Europea.

Además, la UE ha acordado dar a las aerolíneas un plazo de seis meses para cumplir con las obligaciones de propiedad y control que les permitan operar como compañías europeas tras el 'Brexit', en cualquiera de sus escenarios.

Aunque los líderes de la Unión Europea decidieron este miércoles dar más tiempo a Reino Unido para lograr un 'Brexit' ordenado, el que la salida del país se haya retrasado hasta el 31 de octubre no altera en nada los plazos que se han fijado para que las aerolíneas se preparen.

LOS PLAZOS.

De acuerdo al reglamento con las medidas del sector para adaptarse al 'Brexit', los seis meses dados a las compañías para ajustarse a las reglas de propiedad y control para poder seguir operando como aerolíneas europeas empezaron a contar a partir de la entrada en vigor de la regla, esto es, el pasado 27 de marzo.

Las reglas comunitarias establecen que las licencias de explotación para vuelos dentro de la Unión Europea (UE) se asignen a compañías cuyo control efectivo recaiga sobre un Estado miembro o sus nacionales y que la propiedad del 50% más una de las acciones sea también europea.

Si las aerolíneas consideradas europeas hasta ahora por tener una participación mayoritaria británica se mantienen sin cambios, perderán este estatus europeo con la salida Reino Unido del club y, por tanto, perderían también su licencia intraeuropea automáticamente, por lo que requieren una reestructuración de su accionariado.

Desde IAG siguen defendiendo que el grupo es una compañía española, con sede social en Madrid, y que sus aerolíneas tienen certificados de operación establecidos "desde el inicio de sus operaciones y apoyados por sólidos negocios en España, Irlanda, Francia, Austria y el Reino Unido brindando empleo a decenas de miles de ciudadanos europeos y operando una flota de 573 aviones".

Ya en febrero, con motivo de la presentación de sus resultados anuales, el consejero delegado de IAG, Willie Walsh, aseguraba que grupo estaba "evaluando y preparándose para los posibles cambios" que se produzcan tras el 'Brexit' y señalaba que la compañía aplicaría "el plan apropiado en el momento oportuno".

LICENCIA DE AESA, SUPERVISIÓN EUROPEA.

Las licencias de explotación las asignan las autoridades competentes nacionales, en el caso de España la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), y por tanto le correspondería a ellas conceder en un primer momento la licencia a Iberia y Vueling para que continúe con normalidad su actividad actual.

Pero la Comisión Europea supervisa la concesión de las licencias y puede impugnarlas si considera que en algún caso han sido asignadas contraviniendo las normas para la explotación de servicios aéreos de la UE.

En este caso, Bruselas iniciaría nuevos contactos con las autoridades nacionales para pedir más información y pruebas de que la licencia cumple los requisitos legales.

De no darse por satisfecha con este intercambio, la Comisión puede reclamar a la autoridad que ha concedido el permiso "medidas correctivas adecuadas o que suspenda o revoque la licencia de explotación", según recoge la normativa comunitaria.

La suspensión de esta licencia implica que una aerolínea no puede operar vuelos dentro de la Unión Europea, aunque podría recurrir la decisión ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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