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Un avión de VuelingVUELING

MADRID, 31 (EUROPA PRESS)

La Asociación de Líneas Aéreas (ALA) rechaza la intención del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 de prohibir el cobro de la maleta de cabina que realizan algunas compañías aéreas y de multar con "cuantías desproporcionadas esta práctica" porque "perjudicará a los consumidores" que no necesitan ciertos servicios.

Así, la patronal estima que cerca de 50 millones de pasajeros que no llevan maleta de cabina a bordo y solo viajan con el equipaje de mano bajo el asiento "no podrían beneficiarse de pagar solo por los servicios indispensables, obligándoles a contratar servicios que no utilizan".

De esta forma ha reaccionado ALA a la sanción impuesta por Consumo a Ryanair, Vueling, easyJet y Volotea, que asciende a un total de 150 millones, por "prácticas abusivas" relacionadas con cobros por equipaje de mano, elección de asiento para acompañar a menores o personas dependientes o por imprimir la tarjeta de embarque.

No obstante, ALA recuerda que este proceso por el que Consumo abrió expedientes sancionadores a varias compañías sigue abierto y cabe recurso de alzada.

Asimismo, ALA defiende que esta práctica "es totalmente legal", y ha recalcado que la legislación europea reconoce la libertad de las compañías aéreas para fijar sus tarifas.

El presidente de ALA, Javier Gándara, ha advertido que la decisión de Consumo de prohibir de forma "unilateral" el cobro por equipaje en cabina provocará la "pérdida de competitividad" de España respecto al resto de estados de la UE como destino turístico.

"Corremos el riesgo de que una parte de esos 50 millones de pasajeros dejen de beneficiarse de pagar solo por los servicios indispensables y opten por otros destinos, con el consiguiente impacto en el PIB, el empleo y la conectividad aérea de nuestro país", ha señalado Gándara.

Desde Facua explican además que la mayor sanción ha ido para Ryanair, primera de estas compañías que comenzó a cobrar por el equipaje de mano en noviembre de 2018. Tras ella se sitúan Vueling y "a mucha mayor distancia" easyJet y Volotea.

Se trata de las primeras multas impuestas por la autoridad de Consumo del Gobierno de España desde que asumió la potestad sancionadora en mayo de 2022 tras la modificación de la ley general para la defensa de los consumidores.

Además, las sanciones "son también las más altas que ha aplicado en la historia una autoridad" de protección de los consumidores, según recalca Facua, que incide en que la impuesta a Ryanair "multiplica por mucho" las mayores sanciones.

PRÁCTICAS LEGALES

La patronal defiende que las prácticas comerciales como el cobro de maleta en cabina son "perfectamente legales" y están amparadas en el Reglamento Europeo 1008/2008, que es de obligado cumplimiento en los Estados miembros, ya que la legislación nacional "debe interpretarse de conformidad con el derecho europeo".

Por tanto, considera que esta iniciativa "choca frontalmente con la iniciativa reciente de la Comisión Europea" que aboga por que las compañías aéreas fijen unas franquicias comunes o estándares de equipaje de mano, algo en lo que, aseguran, las compañías están "colaborando".

También subraya que todas las compañías aéreas permiten un bulto como equipaje de mano de forma gratuita y que si se elimina la posibilidad de cobrar por servicios extra se "acabaría con la práctica de dar capacidad de elección al consumidor". En este sentido, explica que entre el 30% y el 40% de los pasajeros viajan sin equipaje de mano grande en el avión.

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